Ataques de perros: ¿legislar es suficiente?
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Con un retraso digno de tenerse en cuenta, el Poder Legislativo de Coahuila se convirtió ayer en la primera instancia pública de la entidad en hacer algo “concreto” en relación con el extendido fenómeno de los ataques de perros que en el territorio estatal han cobrado incluso vidas humanas.
A iniciativa del diputado Javier Rodríguez Mendoza, el Congreso avaló por unanimidad la modificación a cinco artículos de la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales de Coahuila mediante la cual se incorpora a dicho ordenamiento el término “animales potencialmente peligrosos”, lo cual implicará, una vez concretada la adopción de las nuevas reglas, la imposición de obligaciones a los propietarios de este tipo de animales.
Pero decir que finalmente se ha hecho algo “concreto” para atender el problema obliga necesariamente a las comillas en el referido término, porque la mera existencia de una nueva normatividad que impone obligaciones a individuos concretos –y de paso a la autoridad– es insuficiente para decir que el tema se encuentra zanjado.
Y es que, como bien sabemos, la mera existencia de leyes –al menos en nuestro país– nada garantiza de cara al futuro pues lo importante no es que la norma se promulgue, sino que quienes tienen la responsabilidad de hacerla cumplir asuman su encomienda con determinación.
En este sentido, además, es dable preguntarse si la modificación legal aprobada ayer es el mecanismo más eficaz para hacer frente a un fenómeno que, de acuerdo con las estadísticas expuestas, se tradujo en nueve ataques diarios de perros a seres humanos durante 2015.
En otras palabras, ¿la magnitud del problema no debería obligar a la adopción de medidas más agresivas que garanticen un resultado específico? Tal resultado, por supuesto, no puede ser otro que la erradicación de los ataques de perros –o de cualquier animal potencialmente peligroso– a las personas.
Plantearse soluciones más amplias implica, entre otras cosas, el diseño e implementación de campañas de educación dirigidas al público en general y, particularmente, a quienes poseen o desean poseer este tipo de animales; el establecimiento de barreras a la comercialización de tales animales; la obligatoriedad de tomar determinados cursos de capacitación como parte del proceso para adquirir un animal de este tipo y la imposición de penas agravadas para los propietarios cuya negligencia derive en un ataque.
La idea tiene que ser el establecimiento de una cultura según la cual sólo puede poseer un animal potencialmente peligroso quien esté dispuesto a aceptar la carga que eso signifique, pues antes que el amor hacia los animales o la garantía de un trato digno hacia aquéllos, tiene que colocarse necesariamente la protección de los derechos de las personas, particularmente cuando hablamos de menores de edad.
En este sentido pues, la aprobación de las modificaciones a Ley debe celebrarse como una primera reacción que suena adecuada, pero que es claramente insuficiente para dar respuesta integral a un problema que constituye un auténtico problema de salud pública.