‘Cumplir y hacer cumplir la ley’, ese olvidado compromiso
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¿Cómo puede una autoridad exigirle a un ciudadano que cumpla con sus obligaciones si esa misma autoridad debe ser obligada por otra a cumplir con lo que le ordena la ley?
Quienes tienen a su cargo las instituciones públicas han asumido un doble compromiso de cuyo cumplimiento depende, casi absolutamente, la buena salud del arreglo social: cumplir y hacer cumplir la ley.
La expresión es mucho más que una simple frase protocolaria. En ella descansa realmente la esencia del Estado moderno, que implica otorgar el monopolio del uso de la fuerza al Estado como fórmula para alejarnos de la barbarie.
Pero para que ésta funcione deben cumplirse los dos elementos de la fórmula de manera simultánea, pues si sólo se cumple una parte de la ecuación la nave corre el riesgo de naufragar. Si sólo se hace cumplir la ley entonces no tenemos una democracia, sino una dictadura; si sólo se cumple la ley, entonces tenemos un estado fracasado en donde impera la ley de la selva.
Por otro lado, si quienes se encuentran a cargo de las instituciones públicas no se obligan en primer lugar a cumplir con la ley, entonces carecen de legitimidad para obligar a los ciudadanos a cumplir con sus obligaciones y la persistencia en dicha conducta erosiona las instituciones.
El comentario viene a propósito del reporte que publicamos en esta edición, relativo a la posibilidad de que en la Ley de Ingresos de la Federación para 2020, se faculte al ISSSTE a que solicite directamente a la Secretaría de Hacienda el pago de los adeudos que estados y municipios tengan con la institución, con cargo a sus participaciones.
La posible inclusión de esta posibilidad se da, como puede fácilmente imaginarlo cualquiera, debido a que los gobiernos estatales y municipales suelen hacerse “de la vista gorda” con el pago de las cuotas correspondientes al servicio que dicha institución le presta a los empleados gubernamentales.
¿Por qué registra el sector público esta conducta contumaz de incumplimiento en sus obligaciones? ¿Por qué la persistencia en esta conducta debe obligar a la adopción de medidas como la que se está proponiendo en la Ley de Ingresos del próximo año?
La respuesta la conocemos de sobra: porque el incumplimiento de la ley no suele tener consecuencias para quienes juraron, al asumir el cargo, “cumplir y hacer cumplir la ley”.
El problema, por desgracia, va mucho más allá de lo anecdótico y se ubica en el núcleo de la cultura de incumplimiento que padecemos en México, pues el ejemplo que se da desde el sector público es interpretado como una invitación a hacer lo mismo.
¿Cómo puede una autoridad exigirle a un ciudadano que cumpla con sus obligaciones si esa misma autoridad debe ser obligada por otra a cumplir con lo que le ordena la ley? ¿Cómo se legitima el uso de instrumentos coercitivos para obligar al ciudadano a cumplir si la autoridad se encuentra exactamente en la misma circunstancia?
No se trata de un asunto nimio, sino de uno de la mayor relevancia. Valdría la pena que se reflexionara al respecto y se rectificara en un vicio cuya persistencia nos ha conducido, en buena medida, a la situación actual que padecemos.