Dan luz verde diputados de Coahuila a Ley de Responsabilidad Patrimonial
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La nueva ley fue propuesta por el diputado Juan Carlos Guerra.
Los ciudadanos coahuilenses que sufran daños materiales o perjuicios derivados de actos administrativos públicos irregulares realizados por los entes públicos, tendrán derecho a ser indemnizadas, siempre y cuando denuncien el hecho hasta en un año posterior al hecho, pues en ese tiempo prescribirá.
El Congreso del Estado avaló ayer la creación de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado, misma que busca proteger al ciudadano para que sea indemnizado cuando sufra de algún daño personal o patrimonial por una omisión de los entes públicos. Los legisladores se basaron en una iniciativa del diputado Juan Carlos Guerra y otra del gobernador Miguel Riquelme.
“Resulta conducente e impostergable, que se expida la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de Coahuila, a fin de establecer las bases, límites y procedimientos para que los particulares ejerzan el derecho a la indemnización por daños y perjuicios que se generen con motivo de la actividad administrativa pública irregular del Estado o de sus municipios”, indica la exposición de motivos de la propuesta.
Con la nueva Ley, Los particulares que sufran daños materiales o perjuicios derivados de actos administrativos públicos irregulares realizados por los entes públicos, tendrán derecho a ser indemnizadas.
“Los entes públicos, cubrirán con cargo a sus respectivos presupuestos, las indemnizaciones derivadas de responsabilidad patrimonial, tomando en cuenta la disponibilidad de recursos en el ejercicio fiscal correspondiente, e incluirán en sus presupuestos una partida, para cubrir las indemnizaciones por responsabilidad patrimonial”, dice el dictamen.
La iniciativa estipula que el derecho a reclamar indemnización prescribe en un año, mismo que se computará a partir del día siguiente a aquel en que se hubiera producido la lesión patrimonial, o a partir del momento en que hubiesen cesado sus efectos lesivos.
Según el dictamen, las indemnizaciones únicamente corresponderán a la reparación integral de los daños personales y morales, así como a los perjuicios ciertos y actuales que sean consecuencia inmediata y directa de la actividad administrativa irregular de los entes públicos.
“Se establece la posibilidad de contratar un seguro por responsabilidad patrimonial para hacer frente a las obligaciones que por esta causa se generen a cargo del ente público y con ello proteger el erario público frente a dicha contingencia”, señala la propuesta.
Finalmente, la indemnización no procederá en casos fortuitos o de fuerza mayor, cuando los daños no sean consecuencia directa de la actividad administrativa irregular, cuando la afectación sea causada por servidores públicos que no actúen en ejercicio de funciones públicas, entre otras.