Fiscal general: ¿Se integrará al menos una terna?
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Valdrá la pena que, más allá del nombre que se ponga en la puerta del despacho principal, se realice un proceso de revisión del mecanismo para designar al titular de la dependencia
A unas horas de que venza el plazo para acudir a la convocatoria para seleccionar al primer Fiscal General de Coahuila, tan sólo dos personas habían acudido hasta ayer a entregar el expediente de su candidatura a la sede del Poder Legislativo.
Ante tal realidad, y a menos que hoy se registre una auténtica “avalancha” de candidaturas, todo hace indicar que las circunstancias obligarán a que entre en vigor el “plan B”, establecido por la propia Constitución del Estado en caso de no registrarse al menos 10 aspirantes al cargo.
Y es que, de acuerdo con las reglas definidas por nuestros legisladores para este procedimiento, es indispensable que se registre al menos una decena de aspirantes en respuesta a la convocatoria expedida, para que se active el mecanismo “ordinario” de selección, consistente en que el Poder Legislativo remita al Ejecutivo la lista de los candidatos a Fiscal General, éste seleccione de dicha lista una terna y de entre ellos el Congreso designe al Fiscal.
Pero si eso no ocurre, la propia normatividad plantea una fórmula alterna que consiste, básicamente, en recurrir al esquema con el cual se ha designado hasta ahora al Procurador General de Justicia: que el Ejecutivo envíe directamente una terna al Congreso y sus miembros escojan de entre los nominados.
Valdrá la pena que, una vez concluido este proceso, se analice con seriedad si el esquema definido por los legisladores para designar al Fiscal General no conspira en contra de sí mismo y se ubica como el principal impedimento para que se registre una participación importante.
Es probable que la explicación a la escasa –prácticamente nula– respuesta que la convocatoria del Congreso ha tenido se encuentre en el mecanismo establecido en la Ley. Porque no pocos podrán pensar que carece de sentido el acudir a inscribirse si luego su expediente podrá ser desechado discrecionalmente sin siquiera permitirle exponer las razones por las cuales busca ocupar el cargo.
Tampoco está claro qué pasaría si, aun cuando hoy mejoraran las cifras, solamente acudieran a la convocatoria nueve personas. ¿De todas formas sería remitida esa lista al Ejecutivo o se desecharían las candidaturas dado que no se reunió el número mínimo que establece la norma?
Al final, está claro, habrá un –o una– Fiscal General, pues las reglas establecen un plazo fatal para ello: el 22 de octubre próximo. Sin embargo, no queda claro que el procedimiento acordado por nuestros representantes en el Congreso del Estado para llevar a cabo dicha tarea sea el mejor porque garantice que a dicho cargo llegue la persona mejor preparada para hacerse cargo de tal responsabilidad.
Por ello, valdrá la pena que, más allá del nombre que finalmente se ponga en la puerta del despacho principal de la Fiscalía, se realice un proceso de revisión del mecanismo para designar al titular de la dependencia pues, según se ve, en el afán de “blindar” el proceso a nuestros legisladores les pasaron por alto las cuestiones de orden práctico relacionadas con fomentar la respuesta a la convocatoria. A menos, claro, que haya sido a propósito.