ICAI y su compromiso con la transparencia proactiva
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Los marcos legales en materia de transparencia establecen mínimos de cumplimiento. Por eso, hablar de “transparencia proactiva” refiere a ir más allá de lo requerido en la ley, con el objetivo de que la información de interés público sea conocida por la ciudadanía. Pero repasemos el concepto.
De acuerdo con el Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del IPN (Cinvestav), la transparencia proactiva es el conjunto de actividades que promueven la identificación, generación, publicación y difusión de información adicional o complementaria a la establecida con carácter obligatorio por la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Su objetivo es generar conocimiento público útil, enfocado en las necesidades de sectores de la sociedad determinados o determinables.
Ahora bien, en Coahuila hay un tema que por años ha minado la confianza que la población tiene en sus instituciones; afectando así cualquier posible avance y colaboración en otras agendas que tienen grupos ciudadanos con el gobierno estatal. No hay mesas de discusión, foros públicos o espacios mediáticos donde el endeudamiento de la entidad no se asome como un fantasma que pesa en todos.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) emitió una resolución el pasado 28 de mayo, en la cual solicitó al Instituto Coahuilense de Acceso a la Información (ICAI) reformular la respuesta que dio a un particular que solicitó información relacionada con el sobreendeudamiento de Coahuila y gasto en obra pública en los años 2009 al 2011.
El INAI requirió al ICAI que se: 1) demuestre que la Auditoría Superior del Estado de Coahuila (ASEC) realmente no tiene facultades para informar sobre las obras públicas, 2) la información requerida por el particular está disponible en la web en los términos en los que se requirió y 3) hacer público el método de búsqueda que llevó a la ASEC a concluir que los documentos de la deuda no existen.
Hasta donde se sabe, la resolución no ha sido enviada aún de manera formal al ICAI, pero una vez recibida el órgano garante coahuilense va a contar un plazo de 15 días hábiles para reformular su respuesta. Es decir, suponiendo que el organismo hubiera sido avisado el mismo día de la resolución, el plazo de vencimiento sería el próximo 17 de junio.
Sin embargo, el ICAI podría asumir un rol más diligente e ir más allá de los requerimientos normativos dado el interés público que existe sobre el asunto. Por ejemplo, podría socializar la información con la ciudadanía en formatos abiertos; realizar un foro público sobre el tema con organismos civiles, ASEC y el INAI; usar sus plataformas digitales y redes sociales para la difusión de su respuesta; explicar el proceso de argumentación de su nueva resolución, y promover este caso como emblemático en materia de acceso a la información que permita la generación de conocimiento público.
Tal vez falte voluntad política, pero vivimos tiempos de incredulidad institucional. El ICAI podría dar el primer paso y demostrar que en verdad cumple con su obligación de velar por el derecho a saber de la ciudadanía. Por lo pronto nos mantendremos a la espera...