IEC da vista sentencia del Tribunal Electoral que permite tercera reelección de alcaldes de Coahuila
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El Consejo General aprobó por unanimidad la revocación de su recurso, en atención a la sentencia del Tribunal Electoral
Luego de que el Tribunal Electoral del Estado de Coahuila avaló la candidatura para alcaldes que deseen contender por una reelección en el siguiente proceso electoral, el Instituto Electoral de Coahuila dio vista al recurso para revocar la resolución que habían emitido sobre el tema y que fue motivo del proceso legal.
La lectura que se dio a la resolución sobre, fue en razón de revisar lo que estableció el Tribunal en la sentencia donde se aprobó que los actuales alcaldes participen por su mismo cargo en el siguiente proceso.
Esto incluye, que por única vez, cualquiera de los 38 los alcaldes que deseen reelegirse por un tercer mandato, puedan contender para lograrlo.
“La sentencia que se está cumpliendo estima que este consejo general omitió interpetar el artículo 115 de la Constitución Federal y omitió hacer una interpretación conforme al principio propersona del artículo 1 constitucional y esto limitó o vulneró los derechos humanos de los actuales alcaldes”, expresó Gabriela de León Farías sobre la resolución del TEEC que se dio vista en la sesión.
En ese sentido, en la sesión extraordinaria de este 17 de diciembre, Gabriela de León dijo que el recurso que interpuso el Partido Acción Nacional de su acuerdo IEC/CG/140/2020 argumentaba que realizaban interpretaciones personales y pensaban que la elección del 2017 fue extraordinaria; situación que no ocurrió.
“Quiero aclararle a la ciudadanía de Coahuila que este órgano nunca ha convocado a elecciones extraordinarias. La convocatoria que se emitió en 2016, habla de un período ordinario, pero la temporalidad la determinó el legislador de Coahuila al cumplir con la armonización de la legislación de la reforma político electoral del 2014”, expresó.
Por otro lado, dijo que en esta sentencia del TEEC se echó mano de la figura amicus curie, donde personas extranjeras omitieron su opinión sobre la interpretación de la Ley Mexicana, situación que violenta el artículo 33 de la Constitución Política Mexicana que prohíbe la intromisión de esta índole. “Ojo, no es un taller, un conversatorio”, expresó De León Farías.
Tras las aclaraciones, el Consejo General aprobó por unanimidad la revocación de su recurso, en atención a la sentencia del Tribunal Electoral de la localidad, por lo que es un hecho que los alcaldes podrán contender una vez más.