Proponen en Coahuila excluir a maestros de la Sección 38 de la Ley del Servicio Médico
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Propone diputado nueva ley de servicio médico para el magisterio
Con la propuesta de expedición de un nuevo ordenamiento en la materia, el diputado local independiente, Benito Ramírez Rosas, propuso que los agremiados a la Sección 38 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) no sean contemplados en la Ley del Servicio Médico para los Trabajadores de la Educación del Estado.
Ramírez Rosas aseguró que el ordenamiento vigente, que fue reformado por última vez en 2018, no garantiza por completo la atención médica a los trabajadores de la educación de Coahuila y además contempla pagos inconstitucionales que tienen que realizar.
“Consideramos que no es tarde para corregir las deficiencias, que permitan al instituto cumplir cabalmente con su objeto, y, a los derechohabientes y sus beneficiarios disfrutar del derecho a la salud, que hasta hoy se les ha regateado, permitiendo en el futuro inmediato poder disfrutar de una vida digna para quienes han dedicado su vida a la formación de varias generaciones de Coahuilenses”, dijo el legislador sin partido.
Por lo tanto, propone la expedición de una nueva ley en la materia, en la que ya no sean contemplados los trabajadores de la Sección 38 del SNTE, pues asegura que ellos se rigen por la Ley Federal del Trabajo y el ordenamiento estatal no deben de estar al servicio de un sindicato.
Por otro lado, propone derogar el fondo de garantía, pues asegura que su definición es innecesaria, toda vez que en sí mismo el copago es injustificado constitucionalmente en razón de que los servicios que presta el Instituto no deben ser cobrados a los derechohabientes, toda vez que pagan o han pagado cuotas con los que debe satisfacerse las necesidades del servicio.
“Las únicas retenciones que se pueden efectuar al trabajador son exclusivamente por concepto de cuotas pendientes de cubrir al organismo asegurador”, dijo.
También propone que los servicios que presta no se condicionen a que se encuentre el patrón al corriente en el pago de sus aportaciones.
“Es injustificado e inconstitucional implementar planes de protección o coaseguros con el objeto de establecer doble pago por los servicios a que está obligado a prestar el Instituto”, concluyó Ramírez Rosas.
La propuesta fue turnada a comisiones, donde será revisado su contenido a fondo y elaborar un dictamen que será puesto a disposición del Pleno.