Avala SCJN auditorías a permisos otorgados a casas de juego
COMPARTIR
TEMAS
<span></span><span style="font-weight: bold;">México.-</span> La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) podrá continuar con las revisiones a permisos que se otorgaron a casas de juego para realizar sorteos, así como a programas y campañas de comunicación del gobierno federal.
En respuesta al recurso presentado por el gobierno federal para evitar esas auditorías resolvió que, no obstante, la ASF no deberá emitir algún dictamen con motivo de las mismas hasta que determine en definitiva si los oficios reclamados son constitucionales o no.
El 7 de febrero pasado el ministro Jesús Gudiño Pelayo negó suspender de manera temporal las revisiones, pero ordenó que el órgano legislativo se abstenga de ejecutar cualquier resolución o dictamen que se llegue a emitir con motivo de la auditoría practicada a la Secretaría de Gobernación (Segob).
En su sesión de este miércoles la SCJN confirmó el auto mediante el cual se concedió la suspensión, pero sin perjuicio de los ejercicios de revisión de la ASF, y de esta forma prosigan los procedimientos de fiscalización correspondientes.
Este día, de acuerdo con un proyecto que presentó el ministro Sergio Valls en el recurso de reclamación 32/2007-CA, derivado del incidente de suspensión de la controversia constitucional 32/2007 se subrayó que no se puede poner en peligro las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano.
Asimismo, la Primera Sala estimó que de acuerdo con la ley se afectaría de forma grave a la sociedad si se dejaran de hacer esas auditorías en una proporción mayor a los beneficios que podrían obtener si se concediera la suspensión de esas revisiones.
En su momento la Segob argumentó que la revisión es improcedente para actividades de fiscalización del quehacer estatal.
De igual forma planteó que los oficios emitidos por la ASF que se impugnan comprenden evaluaciones a procedimientos relativos a temas sustantivos de la Administración Pública Federal ajenos a la gestión financiera de esa dependencia.
En su fallo la primera sala aceptó revisar la constitucionalidad de las auditorías, aunque argumentó que de concederse la suspensión, como solicita el gobierno federal, "se podría en peligro una institución fundamental del orden jurídico mexicano, como la revisión de cuentas públicas".
Expuso que se afectaría a la sociedad, pues es "evidente" que ésta se encuentra interesada no sólo en la continuación y conclusión de los procedimientos de fiscalización y revisión de las cuentas públicas, sino también en los resultados que se obtengan de ellos.
De igual manera, es de interés la determinación sobre daños y perjuicios a la administración pública así como la responsabilidad que se finque a servidores públicos en caso de que se acredite alguna falta en el manejo de los recursos, que deben ser ejercidos con total transparencia, pues "tales recursos se recaudan precisamente de los ciudadanos".