Ley contra la trata es aprobada en Coahuila
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Busca la prevención, protección y asistencia a víctimas de este delito.
Saltillo.- La LIX Legislatura del Congreso del Estado de Coahuila aprobó por unanimidad la Iniciativa de Ley para la Prevención, Protección, Atención y Asistencia a las Víctimas y Ofendidos de los delitos en Materia de Delitos de Trata de Personas del Estado de Coahuila, que fue planteada por el Gobernador Rubén Moreira Valdez.
Esta Ley tiene por objeto implementar las acciones para la prevención, protección, atención y asistencia a las víctimas, posibles víctimas y ofendidos de los delitos de trata de personas y además que establece la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en materia de trata de personas.
Establece mecanismos efectivos para tutelar la vida, la dignidad, la libertad, la integridad y la seguridad de las personas, así como el libre desarrollo de niñas, niños y adolescentes, cuando sean amenazados o lesionados por la comisión de los referidos delitos y reparar el daño a las víctimas de manera integral, adecuada, efectiva, y proporcional a la gravedad del daño causado.
Asimismo, señala que todas las instituciones estatales y municipales, especialmente los órganos de procuración y administración de justicia, están obligados a proteger la privacidad y la identidad de las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos previstos en la Ley General, previendo la confidencialidad de las actuaciones, conforme a lo señalado en el artículo 20, inciso C de la Constitución y demás disposiciones aplicables.
Las dependencias y entidades del gobierno estatal y municipal, así como las privadas, dentro de sus respectivas competencias y atribuciones, fomentarán acciones para prevenir, atender, fortalecer la solidaridad para la prevención de los delitos establecidos en la Ley General, así como el combate y erradicación de los mismos.
Las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, deberán desarrollar políticas públicas, planes, programas y acciones para prevenir los delitos establecidos en la ley, asimismo brindar atención, protección y asistencia a las víctimas, posibles víctimas y ofendidos de estos delitos.
Cabe mencionar, que para los efectos de esta ley, se entenderá por:
Administración Pública: El conjunto de dependencias, entidades y unidades administrativas, cualquiera que sea su denominación, que componen la administración centralizada, desconcentrada y paraestatal;Asistencia y protección a las víctimas:
Conjunto de medidas de apoyo y protección de carácter integral que se brindan a las víctimas desde el momento de su identificación o rescate y hasta su reincorporación plena a la sociedad, que cumplen la función de orientarlas legalmente, otorgar apoyo médico, psicológico, económico temporal, así como protección para ella y su familia.
Comisión Intersecretarial: La Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos a que se refiere la Ley General.
La Comisión Interinstitucional para la Prevención, Atención y Asistencia en Materia de Trata de Personas.
El Fondo: El Fondo Estatal para la Protección y Asistencia a las Víctimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas.
El objetivo de la ley
Esta Ley tiene por objeto implementar las acciones para la prevención, protección, atención y asistencia a las víctimas y ofendidos de los delitos de trata de personas.
Establece mecanismos efectivos para tutelar la vida, la dignidad, la libertad, la integridad y la seguridad de las personas, así como el libre desarrollo de los menores.
Indica como las dependencias y entidades del gobierno estatal y municipal, fomentarán acciones para prevenir, atender, fortalecer la solidaridad para la prevención.