AHMSA no tiene obligación de otorgar bajas por retiro voluntario a obreros de más de 60 años
Serán atendidas las solicitudes -de este tipo- que sean presentadas a la empresa a través del Sindicato que les respalda a los obreros
La empresa Altos Hornos de México no tiene la obligación de dar de baja y entregar una terminación a los trabajadores que superen los 60 años de edad, según el Contrato Colectivo de Trabajo que mantiene empresa y el Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores Mineros Metalúrgicos, Siderúrgicos y Conexos.
Lo anterior lo explicó el vocero de la acerera, Francisco Orduña, luego de una manifestación protagonizada por obreros de la planta 2 que afirman la empresa les está negando su baja por retiro voluntario, que merecen por ser mayores de 60 años.
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El representante detalló que el artículo 227 del Contrato sí obliga a la empresa a pagar una “compensación” por retiro a los trabajadores que tengan más de 18 años de prestar sus servicios y el pago que refiere este artículo se hará personalmente al trabajador que tenga derecho.
Sin embargo, serán atendidas las solicitudes -de este tipo- que sean presentadas a la empresa a través del Sindicato que les respalda a los obreros.
Destacó que todos los obreros que en sean mayores de 60 años y declaren no estar en condiciones físicas para continuar laborando deben de acudir al Seguro Social a demandar su atención en sus enfermedades o su baja por incapacidad física.
“Es al IMSS al que le corresponde esta determinación”, mencionó.
“La empresa no puede ni debe proceder con la baja por separación voluntaria cuando el trabajador lo decida o lo quiera, sobre todo si las finanzas y circunstancias actuales no lo permiten”, puntualizó.