Da la SCJN entrada a un padre que desea la paternidad de su hijo
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En una votación cerrada tres contra dos, y a propuesta del ministro José de Jesús Gudiño Pelayo, la Primera Sala del máximo tribunal de justicia del país amparó en la capital de la República a un hombre que reclama ser reconocido como el progenitor de una menor de edad.
México, D.F. .- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la puerta para que el hijo de una mujer casada pueda ser reconocido por otro hombre que se ostente como padre biológico.
En una votación cerrada tres contra dos, y a propuesta del ministro José de Jesús Gudiño Pelayo, la Primera Sala del máximo tribunal de justicia del país amparó en la capital de la República a un hombre que reclama ser reconocido como el progenitor de una menor de edad.
Se trata de un hecho sin precedentes, toda vez que es el primer caso de un padre que acude a la Suprema Corte para reconocer su paternidad, porque asegura ser el padre de la menor, en contraste, con los cientos de juicios, en los que los padres se niegan a reconocer a sus hijos, y la autoridad tiene que obligarlos a realizarse pruebas genéticas.
Los ministros de la Suprema Corte le concedieron el amparo por estimar que la situación "afecta la esfera jurídica de la menor de edad".
En la sentencia no se precisa cuál es la relación de la madre de la menor con el hombre que solicita el reconocimiento de la paternidad, aunque apuntan a señalar una infidelidad por parte de la cónyuge, toda vez que ya estaba casada cuando nació la menor.
"El quejoso promovió un juicio de reconocimiento de la paternidad respecto de una menor de edad, e interpuso su demanda contra quienes aparecen como sus padres en el acta de nacimiento, personas que se encontraban unidas en matrimonio antes, durante y después de la fecha de nacimiento de la niña", se lee la sentencia.
En la demanda, el presunto padre también solicitó tener la patria potestad de la niña, un régimen de visitas, la guardia y custodia, y la corrección del acta de nacimiento de la menor.
El caso ya había sido revisado por un tribunal federal, el cual le negó al hombre el amparo "por carecer de legitimación para demandar el reconocimiento de una menor de edad, con base en el artículo 374 del Código Civil del Distrito Federal".
Por lo que recurrió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con la solicitud de declarar inconstitucional el artículo 374, por estimar que "vulnera el principio de igualdad y el de protección al interés superior del niño, al impedir que la menor tuviera la oportunidad de saber quién es el verdadero padre, llevar sus apellidos y obtener los derechos que ello implica".
En la sesión de ayer, con el voto en contra de los ministros Juan Silva Meza y José Ramón Cossío, la Primera Sala decidió revocar la sentencia del tribunal federal, no porque sea inconstitucional el artículo 374, impugnado por el presunto padre, sino para proteger los derechos de la menor.
"Al verse afectada la esfera jurídica de una menor de edad, en suplencia de la queja, lo que procede es revocar la determinación del tribunal, para el efecto de que estudie el caso planteado, vista la impugnación desde el artículo 368 del Código Penal del Distrito Federal", explica la sentencia.
Los ministros señalaron también que no existe disposición legal que impida a quien se sienta con derecho a ser reconocido como el padre de un menor, presentar un juicio de acción contradictoria.
"El artículo 368 prevé en favor de quien estime ser progenitor, la posibilidad de nulificar el reconocimiento de un hijo otorgado por un tercero, y de obtenerse tal propósito, a ser declarado el padre verdadero y a que se declare la filiación correspondiente", profundizaron en su argumentación.
Los ministros Cossío Díaz y Silva Meza votaron en contra de la sentencia porque consideraron que sí procedía la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo impugnado.
"El artículo 374 es inconstitucional en tanto que hace depender del estado civil de la mujer la posibilidad de poder impugnar el reconocimiento realizado indebidamente, lo que limita el acceso a la justicia en sí mismo y, por otra parte, también afectaría el derecho fundamental de la menor de edad para conocer la identidad que le corresponde", planteó el ministro Juan Silva Meza durante la sesión de ayer.