Dilemas de la reforma electoral
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<span style="font-weight: bold;">México.-</span> Los empresarios pretenden anular las modi- ficaciones, pero para que sus amparos pro- gresen es necesario que el máximo tribunal del país cambie el criterio que ha sostenido en el sentido de que no existe un mecanismo para invalidar enmiendas a la Carta Magna<br>
Cuando diversos grupos empresariales y personajes ligados a la cultura y la academia hicieron pública su decisión de ampararse en contra de la reforma a la Constitución en materia electoral recién aprobada, en la mayoría de los foros de abogados se auguró el fracaso de sus demandas.
El contenido en sí de la reforma generó opiniones encontradas. Para unos se trataba de buscar la protección de la justicia federal para evitar perder poder y privilegios, mientras que para otros se trataba de defenderse ante una violación de derechos fundamentales.
El punto que generó mayor discusión fue la decisión de los legisladores de prohibir que cualquier persona física o moral contrate propaganda para influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, o para favorecer o perjudicar a un partido o candidato.
Pero en donde el tema casi no generó debate era en el asunto de si prosperarían o no las demandas. En este punto la mayoría daba por sentado que no tendrían futuro.
"Hasta un estudiante de derecho sabe que los juicios de amparo no proceden en contra de las reformas a la Constitución. Las reformas a la Constitución son intocables", se decía en la mayoría de los foros de abogados, en la academia e incluso en diversos órganos del Poder Judicial de la Federación.
La Corte había dejado testimonio de que no era posible tocar las reformas a la Carta Magna. Dos casos simbólicos daban cuenta de este hecho. Cuando resolvió un amparo que promovió el ex regente del Distrito Federal, Manuel Camacho Solís, en contra de una reforma con dedicatoria que le impedía competir por la Presidencia de la República.
Y cuando una minoría en el Congreso de la Unión impugnó la mal llamada ley indígena.
En ambos casos, en votaciones divididas, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia estableció criterios en el sentido de que no existen medios para defenderse de reformas a la Constitución.
Además de que la Corte, según dijo el tribunal, carece de facultades para invalidar cambios constitucionales.
Pero los empresarios, principalmente, decidieron ir a contracorriente y pusieron en marcha una estrategia jurídica para lograr que la SCJN cambie sus criterios en torno a este tema y admita sus demandas.
En el camino han sufrido varios reveses. Los primeros jueces que conocieron de las demandas, en diciembre, las desecharon por notoriamente improcedentes. Y la Primera Sala desechó la petición que le hizo el Consejo Coordinador empresarial (CCE) para que atrajera uno de los amparos que había perdido.
Pero también se han anotado victorias parciales al lograr que al menos 14 jueces, en ciudades del interior del país, admitieran sus demandas.
Y al influir para que un tribunal colegiado con sede en Guadalajara, Jalisco, le pidiera de manera oficial a la Corte que atrajera el caso por su relevancia.
A este hecho se sumó el recurso de reclamación que promovieron los partidos Convergencia y Nueva Alianza para que la Corte acepte revisar sus juicios en contra de la reforma.
Estos dos últimos procesos abrieron la puerta para que la SCJN vuelva a pronunciarse en torno a si es posible impugnar y revertir una reforma a la Constitución o no.
La posibilidad de que logren cambiar el criterio está latente, debido a que cuatro de los 11 ministros que actualmente integran el Pleno no formaban parte de la Corte cuando establecieron dichos criterios y pueden tener una visión distinta a la de sus antecesores.