Evitan abogados defender casos de delitos graves por "satanización"
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México.- La Constitución señala que toda persona acusada de un delito tiene derecho a un defensor que lo asista, sin embargo en los casos de presuntos violadores, secuestradores o narcotraficantes los abogados se resisten.
La carta magna garantiza que las personas acusada de un delito, sin importar su naturaleza o el bien jurídico afectado, deben tener un defensor, desde la etapa de la averiguación previa hasta la sentencia. En los casos de delitos federales casi siempre son "defensores de oficio".
Esa defensa la experimentan quienes enfrentan procesos penales por delitos graves que tienen mayor impacto en la sociedad, como son violación, secuestro y narcotráfico, pues a pesar de que se les presume responsables tienen derecho a ser defendidos.
El catedrático Anselmo Mauro Jiménez Cruz, del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe), expuso que "violadores, narcotraficantes, secuestradores, servidores públicos que cometen cohecho o que distraen recursos públicos en peculado tienen derecho a una defensa penal".
Explicó sin embargo que existe la tendencia social a "satanizar" a los defensores de los delitos que más impactan a la sociedad, lo que provoca que en el corto plazo ningún abogado quiera llevar la defensa penal de estas personas y "anula la garantía constitucional".
Como parte de su contribución a las críticas al derecho penal, recopiladas por el Inacipe, quien fue director de Procedimientos Penales de la PGR precisó que la defensa de esos casos no significa que el abogado se convierta en una persona que fomente estos delitos.
Detalló que el defensor en procesos penales "no puede ni debe ser considerado como un agente que fomente la comisión de delitos por los que defiende al inculpado", tampoco se le debe considerar violador, secuestrador o narcotraficante, como ocurre hoy cuando se trata de delitos contra la salud.
El también ex titular de la Unidad Especializada en Delitos Cometidos por Servidores Públicos de la Procuraduría General de la República (PGR) comentó en que esta percepción ocasiona que se "satanice" a quienes defienden casos de delitos impactantes.
Según estadísticas del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), casi 90 por ciento de los procesos penales en materia federal son atendidos por "defensores de oficio" desde el inicio del caso ante el Ministerio Público hasta los juzgados y tribunales.
Por su parte, el abogado Juan Velázquez mencionó que la sociedad hace un "linchamiento" del defensor, a quien equipara con su cliente bajo el argumento de que si hace su trabajo con "criminales" es porque es igual que ellos.
El representante legal del ex presidente Luis Echeverría Alvarez en los juicios que se le siguen por su presunta responsabilidad en la matanza de estudiantes el 2 de octubre de 1968 y el 10 de junio de 1971 manifestó que la defensa penal "es incomprendida", pero también "la mejor y más noble de las defensas".
En la recopilación del Inacipe titulada "El Derecho Penal a juicio", Velázquez indicó que en una defensa adecuada o inadecuada está la diferencia entre una sentencia absolutoria o condenatoria, y que un proceso penal sin ella sería "simplemente un linchamiento".
Como ejemplos de omisiones mencionó: haber carecido de un abogado, que a éste se le hubiese impedido comunicarse con el defendido, que no lo hubiese asesorado de forma correcta, que no asistiera a las diligencias del proceso, o que no hubiese aportado pruebas de descargo.
A este respecto, el abogado postulante Julio Hernández Pliego subrayó que ningún defensor penalista tiene la obligación de aceptar "cuanta defensa se le proponga", pero en caso de aceptarla no le están permitidas la mala calidad, las trampas, las superficialidades, las conspiraciones o las frivolidades.
El especialista y ex catedrático del Inacipe señaló que la Constitución "quiere para el inculpado" que la defensa sea adecuada, con comprensión, competencia, capacitación y compromiso ético y profesional.
Como parte de las reformas en materia de justicia penal, cuya entrada en vigor es inminente, se tiene establecido que en un término no mayor a ocho años el Sistema de Defensoría Pública deberá rediseñarse, pues en la actualidad se encuentra disperso.
A la fecha, en sólo cinco entidades federativas el Sistema de Defensoría Pública depende del Poder Judicial de la Federación, pues en el resto de los estados es una atribución que ostentan las secretarías generales de gobierno.
Dentro de las reformas en justicia penal se pretende que el Poder Judicial de la Federación determine, en ocho años, los lineamientos a seguir por "defensores de oficio", así como el perfil para llevar un proceso penal ya no inquisitorio sino acusatorio.
En opinión del titular del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), César Esquinca Muñoa, uno de los retos para la defensa penal son los obstáculos que resultan de la incomprensión de los órganos jurisdiccionales en un procedimiento inquisitivo.
En los procesos de este tipo durante la fase de investigación y "con fines estadísticos se privilegia la pronta solución, por encima del esclarecimiento de los hechos", lamentó.
Otro de los problemas que deberá resolver la defensoría pública, además de los que se originan en las agencias investigadoras, es el del sistema penitenciario "inhumano y corrupto", para que una defensa adecuada sea eficaz y proporcionada por la persona idónea.
Una propuesta para hacer más profesional la defensoría en el país la hizo Ricardo Franco Guzmán, profesor emérito de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y miembro de la Academia Mexicana de Ciencias Penales.
Sugiere adoptar un sistema de constante capacitación, como el de países que tienen una "justicia de primer orden", y explicó que en Italia, por ejemplo, los egresados de una universidad con algún grado en leyes no están autorizados a ejercer de inmediato la profesión.
"Primero tienen que practicarla en algún despacho de abogados y después de dos años tendrá que presentar exámenes rigurosos ante jurados del Estado", agregó Franco.
Si el aspirante supera elexamen estará habilitado para actuar como defensor en ciertos niveles de la administración de justicia, pero debe seguir con su labor en un despacho profesional para que, luego de dos años, presente nuevos exámenes ante el mismo jurado.
Así, después de enfrentar varias evaluaciones, es como los defensores podrán actuar como tales en todo el país y en los más altos niveles de la impartición de justicia, comentó Franco Guzmán.