Imposibilitan a los a bancos jinetear los donativos
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La reforma añade que "el Ejecutivo federal o los titulares de las entidades federativas determinarán, de acuerdo con las prioridades, el uso de los donativos en las entidades, municipios o comunidades declaradas en emergencia o zona de desastre; en caso de que exista un remanente de las donaciones, éste será dirigido a programas de apoyo específicos a los productores más vulnerables".
México, D.F..- Por primera ocasión, el Senado decidió regular, vía la Ley General de Protección Civil, a las instituciones que recaban donativos de la población en general para destinarlos a los damnificados por alguna tragedia, a quienes prohíbe invertirlos o retenerlos.
"Bajo ninguna circunstancia los donativos en efectivo que la sociedad realice podrán invertirse en cuentas productivas a plazos, como tampoco serán mantenidas como reserva para una siguiente emergencia", precisa la reforma aprobada en lo general por la Comisión de Gobernación de Xicoténcatl.
También establece que "los donativos en efectivo recibidos por las instituciones bancarias, cuando sean destinadas a la población damnificada, serán deducibles para quienes realizan las aportaciones, pero no para las instituciones bancarias que las reciban".
La reforma añade que "el Ejecutivo federal o los titulares de las entidades federativas determinarán, de acuerdo con las prioridades, el uso de los donativos en las entidades, municipios o comunidades declaradas en emergencia o zona de desastre; en caso de que exista un remanente de las donaciones, éste será dirigido a programas de apoyo específicos a los productores más vulnerables".
Incluye todo un nuevo capítulo a la Ley General de Protección Civil, denominado De las Donaciones para Auxiliar a la Población, en el cual expone que las autoridades correspondientes establecerán las bases para recibir y distribuir los donativos que los particulares otorguen a las entidades, municipios o comunidades declaradas en emergencia o zona de desastre.
Los gobiernos federal y estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, decidirán en la esfera de sus atribuciones y con apego a sus ordenamientos jurídicos, la forma de aplicar los recursos en las emergencias y desastres, así como aquellos que reciban directamente en donación por particulares, instituciones, organizaciones y países.
Además, el Ejecutivo federal deberá promover en el interior del Consejo Nacional un mecanismo ágil, transparente y efectivo de coordinación para que los recursos donados a la población sean administrados y entregados a las entidades, municipios o comunidades declaradas en emergencia o zona de desastre.
Aclara que en caso de que exista un remanente de las donaciones, éste será dirigido a programas de apoyo específicos a los productores más vulnerables.
Con estas reformas, los legisladores federales pretenden evitar que se repita lo ocurrido en diciembre de 2007 durante la tragedia que vivieron los habitantes de Tabasco por las inundaciones.
En ese entonces, diversas instituciones bancarias usaron los donativos millonarios de ayuda para invertirlos en otras cuentas y generar ganancias durante varias semanas, antes de canalizarlos a los damnificados.