Retribuciones carecen de sustento legal: especialistas

Nacional
/ 2 marzo 2016

    Aseguran que son acuerdos sin fuerza jurídica y violatorios a la Constitución

    Las pensiones de los ex mandatarios no tienen sustento legal. El presidente Calderón tiene la facultad de limitar esos derechos o cancelarlos en el Presupuesto, toda vez que no están incluidos en ninguna ley o cuerpo normativo. Son meros acuerdos de carácter administrativo sin ninguna fuerza jurídica que los sostenga, consideraron académicos y expertos en derecho.

    Señalan el carácter ilegal de las pensiones y prestaciones de los ex mandatarios mexicanos, y destacan la importancia de crear una legislación que ponga fin a la "discrecionalidad con la que se erogan los recursos públicos".

    En la opinión del doctor en Derecho Raúl Carrancá y Rivas, hay que situar los haberes de retiro de los ex titulares del Ejecutivo federal dentro de un marco jurídico, no sin antes reducirlos.

    "En principio es un acuerdo ilegal, totalmente contrario a derecho y caracterizado por la inequidad. Los acuerdos presidenciales no tienen fuerza jurídica para generar privilegios de tal clase. Además, favorecen la formación de castas y otorgan concesiones realmente odiosas sin cabida en los principios republicanos", expone.

    Para el constitucionalista Jaime Cárdenas Gracia, las jubilaciones de los ex presidentes pasan por encima de la Carta Magna.

    "Es violatorio de la Constitución; son simples acuerdos administrativos que no están previstos en ninguna ley. Por ejemplo: sobre los consejeros del IFE, la propia Constitución dice que sus retribuciones serán como las de los ministros de la Suprema Corte, y en el caso de los ministros el retiro de la jubilación está en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación".

    En contraste, el investigador en temas jurídicos Lorenzo Córdova agrega: "El hecho de que sólo sean acuerdos del Presidente podría hacer pensar eventualmente en una ilegalidad; sin embargo, al ser estos acuerdos una base sobre la que se expide el Presupuesto de Egresos que aprueba la Cámara de Diputados, adquieren de esta manera una especie de blindaje".

    "Lo que sí me temo es que en el Presupuesto de Egresos no exista el desglose a detalle de este tipo de prerrogativas respecto de su asignación, lo cual habla de un manejo discrecional en los hechos, aunque con una cobertura legal".

    Carrancá y Rivas, académico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, agrega que es necesario legislar pero con equidad.

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