Revoca TEPJF multa de IFE a radiodifusora de SLP
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución del IFE por la que multó con 144 mil pesos a Organización Editorial Mexicana (OEM) por no transmitir spots radiales de partidos durante precampañas en San Luis Potosí.
México.- Y ordenó al Instituto Federal Electoral (IFE) reponer el procedimiento especial sancionador a la concesionaria y presentar un nuevo proyecto de resolución en un plazo de 24 horas a partir de su notificación, tras detectar irregularidades en el desahogo de pruebas y alegatos.
El pasado 9 de marzo el IFE multó a la OEM, concesionaria de la estación ABC Radio XECZ-AM 960 KHZ, en San Luis Potosí, por la no transmisión de 640 spots durante las precampañas.
Así como, por difundir fuera de pauta 137 promocionales, violando así lo establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).
El magistrado Flavio Galván Rivera señaló que durante la audiencia de pruebas y alegatos del procedimiento iniciado a la concesionaria se presentaron omisiones, al no tomar en cuenta pruebas ofrecidas por el acusado.
"La autoridad no tomó en consideración lo expuesto por Everardo Moreno Cruz en su escrito de contestación a la denuncia hecha en contra de Organización Editorial Mexicana, omitiendo igualmente acordar lo relativo a las pruebas ofrecidas y aportadas por éste", afirmó.
Asimismo, reveló que la secretaría del Consejo General del IFE permitió a Everardo Cruz permanecer durante el desarrollo de la audiencia y firmar el acta correspondiente, aún cuando no acreditó su calidad jurídica.
El magistrado Manuel González Oropeza apoyó la revocación de la resolución ya que, consideró, el IFE debe contar con todos los elementos que la parte involucrada le presente: "pruebas, alegatos y argumentaciones".
Agregó que en un procedimiento especial sancionador las partes, sobre todo el acusado, tienen la obligación de acreditar su representación, así como desahogar sus pruebas.
Ello con el fin, precisó, de que "la autoridad administrativa no incurra en faltas al debido proceso legal".
En su oportunidad, la magistrada presidenta del TEPJF, María del Carmen Alanís sostuvo que el procedimiento especial sancionador en contra de la concesionaria presentó muchos vicios por ello, dijo, es necesario reponerlo.
Aclaró que no es responsabilidad del Tribunal resolver si la concesionaria incurrió o no en omisiones a la ley, pero sí regresar al IFE el expediente para que retome el caso, analice las pruebas y resuelva de nueva cuenta al respecto.