Valida SCJN procedimiento de separación de agentes de la PGR
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México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es constitucional el procedimiento que regula la separación de Agentes del Servicio de Carrera de la PGR por incumplir requisitos de ingreso o permanencia establecidos en la Ley Orgánica de la institución.
La Primera Sala del alto tribunal indicó que dicho procedimiento atiende la depuración, desarrollo y dignificación de los responsables directa o indirectamente de la procuración de justicia, pues no sólo se contribuirá a la profesionalización del personal, sino que permitirá reducir los índices de corrupción.
Al avalar diversos ordenamientos de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (PGR), los ministros consideraron que los agentes del Ministerio Público y miembros de instituciones policiales se regirán por sus propias leyes.
Subrayaron que podrán ser removidos de su cargo si incumplen los requisitos que señalen para permanecer en dichas instituciones, sin que proceda su reinstalación o restitución, con base en la necesidad de que el país cuente con un mejor sistema de seguridad pública.
En la resolución se establece que debido a la importancia de los recursos humanos encargados de la seguridad, los cuerpos policiacos federales se rigen por los principios de legalidad, honradez, lealtad, profesionalización y eficiencia y, por lo mismo, no pueden analizarse bajo una óptica similar al resto del trabajo burocrático.
En su sesión de este miércoles, la Primera Sala determinó que los artículos 40, 41, fracciones Primera, Quinta, Séptima y Octava, 42, 44 y 45, así como del Sexto Transitorio, de la Ley, no transgreden el Artículo 17 de la Constitución.
Esto debido a que si bien dichos preceptos no establecen los plazos y términos para emitir las resoluciones, tal cuestión no los hace inconstitucionales, pues el Artículo 45 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos permite la aplicación supletoria del Código Federal de Procedimientos Penales.