IFT modifica acuerdo para servicios de radiodifusión

Dinero
/ 19 noviembre 2015

Entre los cambios se indica que las frecuencias de 2025 a 2110 megahertz, podrán utilizarse para transmitir señales de televisión para servicios de sistemas de control remoto

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) modificó el Acuerdo por el que se atribuyen frecuencias del espectro radioeléctrico para prestar servicios auxiliares a la radiodifusión, y se establece el procedimiento para autorizar el uso de las mismas que databa de 1999.

Entre los cambios realizados a esta reglamentación se indica que las frecuencias de 2025 a 2110 megahertz, podrán utilizarse para transmitir señales de televisión (audio y video asociado) para servicios de sistemas de control remoto y de 12.75 a 12.85 y de 13.00 a 13.25 gigahertz, son aptas para transmitir señales de televisión para servicios estudio-planta y sistemas de control remoto.

"Las personas que cuenten con concesión de espectro para prestar el servicio público de radiodifusión interesadas en obtener autorización de la Unidad de Concesiones y Servicios para usar las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico señaladas en el Artículo Primero, deberán presentar solicitud acorde a los planes de frecuencias y condiciones de operación establecidas en el Anexo A. Para la presentación de la solicitud a que se refiere este artículo deberán utilizarse los formatos correspondientes que se incluyen en el Anexo B", precisa el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que entra en vigor este viernes.

Después de que los interesados entreguen su solicitud, La Unidad de Concesiones y Servicios del instituto tendrá 60 días hábiles para evaluar la documentación.

El Acuerdo destaca que "las bandas de frecuencias contenidas en las autorizaciones a que se refiere el presente Acuerdo podrán ser objeto de cambio o rescate por parte del Instituto en los casos previstos en el artículo 105 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión".

Estas modificaciones fueron aprobadas con cinco votos a favor de Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar, Luis Fernando Borjón Figueroa, Ernesto Estrada González, Mario Germán Fromow Rangel y Adolfo Cuevas Teja y con los votos en contra de Adriana Sofía Labardini Inzunza y María Elena Estavillo Flores.

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