Solo 1 de cada 5 asesinatos de mujeres es indagado como feminicidio; fiscalías ignoran criterios
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Si bien no todos los homicidios de mujeres son feminicidios, los datos confirman que existe una subestimación del fenómeno que ignora criterios de la Corte
Por Itxaro Arteta y Arturo Ángel para Animal Político
María del Pilar González, Pili, tenía 20 años y era muy bonita, dice su mamá, Olivia Llamas. Vivía en el pueblo mágico de San Miguel de Allende, Guanajuato, y ahí, tan solo a unas cuadras de su catedral neogótica y su turístico centro histórico, el pasado 22 de enero fue asesinada.
Pili salió de casa de su novio, con quien vivía, para ir a comprar leche y pan. Había estado recibiendo amenazas de su ex, quien le pegaba y la indujo a consumir drogas, pidiéndole que regresaran. Pero nunca creyó que esa noche de miércoles, él sería capaz de cumplirlas.
El hombre apareció en una moto lanzando disparos al aire. Ella se echó a correr y llegó hasta la tienda, donde se resguardó detrás de un mostrador. Cuando él entró y amenazó al dueño del local con matarlo si no le decía dónde estaba, Pili salió de su escondite, cuenta su mamá. Entonces, él le dio un balazo en la cara y huyó.
La ley en Guanajuato es clara: cuando una mujer muere a manos de una persona con la que sostuvo una relación de noviazgo o convivencia se comete un feminicidio, es decir, un asesinato de una mujer donde se toma ventaja de su condición de mujer. Es un crimen más grave pues hay violencia de género. Sin embargo, la Fiscalía del estado clasificó el crimen de Pili no como feminicidio, sino como un homicidio más.
Este caso no es una excepción. En los últimos cuatro años y medio, apenas 1 de cada 5 asesinatos de mujeres en México se clasificaron de inicio como posible feminicidio. Ello, pese a que protocolos de la Corte y del Consejo Nacional de Seguridad dicen que todos deben ser indagados con la hipótesis de violencia de género.
La situación de Guanajuato es particularmente preocupante ya que ahí solo el 5% de las muertes violentas de mujeres son indagadas como feminicidio. Es grave si se toma en cuenta que en 2019 fue la entidad con el mayor número de homicidios dolosos de mujeres con 322, por encima de otros conocidos por alta violencia de género como el Estado de México o Chihuahua. Sin embargo, en el mismo año apenas reportó 18 feminicidios.
Un dato aún más extraño es el de homicidios culposos en Guanajuato, una categoría que solo debería incluir muertes causadas por un tercero, pero no de forma intencional como, por ejemplo, las que resultan de atropellamientos. La entidad tuvo el año pasado 526 homicidios culposos de mujeres, casi tres veces más que cualquier otro estado.
Es decir que, en total, murieron 866 mujeres en ese estado. 32% más que las 586 del Estado de México, a pesar de que este último tiene el triple de población.
La madre de Pili no quedó conforme con que las autoridades clasificaran el caso de su hija como otro “homicidio”. Además de la investigación de oficio que se abrió, trató de ir a poner otra denuncia por feminicidio. Pero en el Ministerio Público le dijeron que no se podía, que ya estaba la otra carpeta de investigación y así se tomaría.
Animal Político pidió información al respecto a la Fiscalía de Guanajuato, en la región a la que pertenece San Miguel de Allende, y la respuesta fue que se investiga como homicidio calificado porque fue intencional y premeditado, pero no como feminicidio porque eso tendría que ser solo por ser mujer.
“Es un hecho que tiene que ver el que sea mujer que, por el hecho de ser mujer, él la asesinó. Porque me caes mal por mujer, porque me caes mal porque tú ganas más que yo, porque eres mejor que yo… o sea, que tiene que ver estrictamente con el género”, respondió comunicación social.
Las razones para considerar que un asesinato contra una mujer fue por ser mujer, es decir, “feminicidio”, en realidad están en el Código Penal del estado. Son siete y basta con que se cumpla una de ellas, entre las que están “que exista o haya existido con el activo relación íntima de convivencia, de confianza, noviazgo, parentesco, matrimonio o concubinato”, “que haya existido amenazas, acoso, lesiones o violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar o cualquier otro”, o “que su cuerpo sea expuesto o arrojado en un lugar público”.
A pesar de que Pili fue asesinada por su exnovio, con amenazas previas y en la vía pública, no se consideró feminicidio.
“Todavía anoche estuve llorando. Todavía no puedo creer cómo llegó este hombre y tomó la decisión de decir: hasta aquí vivió Pilar”, lamenta su madre.
Una constante nacional
El caso de Pili es solo una muestra de lo que ocurre en todo el país con la clasificación de los casos de muertes de mujeres. En los últimos cuatro años y medio un total de 14 mil 152 mujeres fueron asesinadas en México. Son casos que según disposiciones legales deben indagarse de inicio como posibles feminicidios. Pero en la realidad, solo uno de cada cinco casos es clasificado e investigado de esta forma.
El cruce de datos oficiales de homicidios de INEGI actualizados a junio de 2019 y las estadísticas de feminicidio del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública confirman lo anterior y evidencian disparidades notorias. Mientras hay estados como Nuevo León que indagan como posible feminicidio el 85% de casos, otros como Guanajuato sólo tipifican el 5% de ellos.
Investigadoras y abogadas expertas en el tema advierten que, si bien no todos los homicidios de mujeres son feminicidios, los datos confirman que existe una subestimación del fenómeno que ignora criterios de la Corte, y que prueba una clasificación discrecional de parte de las fiscalías que además de afectar el esclarecimiento de casos que sí son feminicidios, impide retratar la dimensión del problema. De ello, y de los datos estado por estado, se profundizará en una segunda entrega de este texto.
De acuerdo con las cifras de INEGI, de enero de 2015 a junio de 2019 se registró la muerte por causas violentas de 14 mil 153 mujeres. En el 30% de estos casos la mujer fue asesinada dentro de su propia casa, un porcentaje que duplica al de los hombres.
Los códigos penales locales y el código federal establecen que los homicidios de mujeres que ocurren en ciertas circunstancias (como en un contexto familiar o cometidos por la pareja o una persona cercana) son crímenes más graves, pues se aprovecha la condición en que las víctimas se encuentran por el hecho de ser mujeres. Y por tanto deben ser indagados como feminicidio.
Criterios de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia como el emitido tras los casos Mariana Lima y Karla Pontigo, entre otros, establecen que en todo homicidio de mujeres en condiciones de violencia debe verificarse la posible comisión de un feminicidio. El artículo 357 del Código Penal Federal señala: “En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio”.
Incluso un acuerdo del Consejo Nacional de Seguridad publicado en el Diario Oficial de la Federación en febrero de 2018 estableció que todas las muertes violentas de mujeres deben ser indagadas por las fiscalías con protocolos de feminicidio.
Pero los datos que las fiscalías aportan al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad arrojan, en el mismo lapso de los datos de INEGI, un registro de 3 mil 233 mujeres víctimas de posible feminicidio en carpetas de investigación iniciadas por el Ministerio Público.
Lo anterior significa que solo un 22.84% de los asesinatos de mujeres, una quinta parte, son clasificados inicialmente como feminicidio y por tanto indagados como tales. El resto quedan clasificados como homicidios dolosos convencionales.
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