Nextel emite recomendaciones para reforma en telecom

Dinero
/ 28 septiembre 2015

Con el objetivo de mejorar la refoma, la directiva de Nextel pide que se reconsideren los candados relacionados con antecedentes o tiempos ya que estos no deben cerrar puertas a la experiencia

Ciudad de México.- La empresa de telecomunicaciones móviles, Nextel, emitió una serie de recomendaciones con el objetivo de mejorar el contenido de la reforma en telecomunicaciones y radiodifusión, que se encuentra en manos del Senado de la República después de que el mes pasado la cámara baja del Congreso de la Unión votó a favor de la reforma.

Cristina Ruiz de Velasco, directiva de Nextel de México, consideró que un órgano con más facultades, como sería el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), debe garantizar su conformación por expertos en el sector.

"Pedimos se reconsideren los candados relacionados con antecedentes o tiempos ya que estos no deben cerrar las puertas a la experiencia práctica y/o teórica tan necesaria en Telecomunicaciones", dijo la directiva durante su participación en una mesa de debate en el Senado de la República.

Dijo que el combate a la "litigiosidad", no debe equivaler a dejar a los agentes económicos en situación de indefensión e incertidumbre jurídica.

Dentro de la figura de juzgados especializados que está en consideración, es importante considerar: evitar la tramitación de juicios sin fundamento y dotar a los jueces de la potestad de desechar de forma inmediata aquellas demandas de amparo improcedentes, a fin de evitar las prácticas dilatorias, explicó.

La funcionaria cuestionó la asignación de la banda de 700 MHz al Estado para su posterior licitación y explotación.

Es fundamental el análisis para la asignación a un organismo público de la responsabilidad que conlleva la construcción, operación, mantenimiento y supervisión de las redes de servicios de telecomunicaciones.

Debe considerarse que los recursos públicos estén enfocados a garantizar servicios de telecomunicaciones en donde actualmente no se ofrecen o donde no hay suficiente competencia, como zonas rurales y semi urbanas, dijo.

Consideró que la definición de agente económico dominante debe referirse a "su participación nacional en el mercado relevante", y no a "su participación nacional en la prestación de los servicios", como se establece actualmente.

Establecer 50% en la participación de mercado, no es condición suficiente para hablar de poder sustancial, consideró la directiva.

El poder de mercado depende también de si el agente dominante puede fijar precios unilateralmente o restringir sustancialmente el abasto o suministro en el mercado relevante; de las barreras a la existencia, entrada, oferta y poder de los competidores; entre otros elementos, expuso.

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