Prohibir aborto va contra el Estado laico: SCJN

Nacional
/ 23 septiembre 2015

    Un proyecto del ministro Fernando Franco plantea invalidar las normas que prohíben la interrupción del embarazo

    CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación propuso invalidar las normas que prohíben el aborto en los estados de la República, pues vulneran el Estado laico, así como la Constitución y los tratados internacionales.

    El ministro Fernando Franco elaboró un proyecto en el que cuestiona los artículos que protegen la vida desde el momento de la fecundación.

    En el planteamiento se declara la inconstitucionalidad de las porciones normativas que dicen: "como fundamento de todos los derechos de los seres humanos", y "desde el momento de su inicio en la concepción", de acuerdo con el proyecto preliminar que será discutido por los 11 ministros del Pleno.

    En 2009, la Procuraduría de Derechos Humanos de Baja California impugnó el artículo primero de la Constitución de ese estado, que sustenta que el derecho a la vida "desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural o no inducida", con lo que prohíbe la interrupción del embarazo.

    Algunas entidades de la República reformaron sus constituciones luego de la validez del aborto en el Distrito Federal.

    La postura de esas entidades atenta contra los tratados internacionales y contra la Constitución federal, de acuerdo con el planteamiento del ministro.

    "Aun cuando un cigoto califica como un organismo humano, no se le puede considerar razonablemente como persona o individuo, de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o los tratados internacionales", afirmó el proyecto que fue difundido en la página de internet del tribunal.

    Cuando los ministros avalaron la interrupción legal del embarazo en el Distrito Federal, reconocieron las facultades de los estados para legislar en esta materia. Sin embargo, en el caso de ambas entidades, se vulnera el Estado laico.

    El mismo criterio para Baja California opera en las acciones de inconstitucionalidad de San Luis Potosí.

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