Qué atrevida es la ignorancia
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La pretensión de transformar la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en una “Procuraduría de los Pobres”, dejaría sin materia el Amparo. Recemos por que en el Senado sea frenada esta locura constitucional.
La capacidad de asombro sobre lo que pretende y está haciendo la 4T no disminuye, al enterarnos de esto que le daría en la madre al primer órgano constitucionalmente autónomo transversal creado en México: la CNDH.
Les platico: La polémica titular de ese organismo desde noviembre pasado -Rosario Piedra Ibarra- está proponiendo reformar el Artículo 102, Apartado B de la Constitución.
¿Qué implicaciones legales tendría esto? Consulté a dos abogados constitucionalistas que me pidieron omitir sus nombres y explicaron que al ser vinculante, la mentada “Procuraduría de los Pobres” se convertiría de facto en un juzgado de última y única instancia y dejaría sin materia el Amparo.
El procedimiento ante la que aún es CNDH, sería queja, investigación y sentencia.
Al analizar la propuesta, algunas recomendaciones de la jefa de la CNDH harían que ese organismo se excediera en sus facultades al permitirle tachar de ilegales las resoluciones judiciales, lo que estaría fuera de su competencia e invadiría la esfera jurisdiccional de los jueces.
Si esta barbaridad es aprobada por los legisladores, la CNDH podría meter mano en todas las resoluciones judiciales, excepto en las relativas a los tribunales administrativos y electorales.
Por donde se vea, la iniciativa es absurda. La estulticia de la titular de ese organismo es preocupante. Bueno, también las de las manos de la 4T que mecen su cuna.
Tal vez no le hayan avisado a Rosario que las determinaciones de la CNDH ya son vinculantes.
Si cualquier organismo público de protección a derechos humanos, como lo son las Comisiones estatales y la nacional, emiten sus recomendaciones a la calidad jurídica de víctima a una persona, esta declaratoria por sí misma tiene obligatoriedad para efecto de le reparación integral, medida que es transversal en el orden jurídico mexicano en relación al artículo1 constitucional y a las obligaciones internacionales de México.
Esto es lo que establece el Artículo 110 de la Ley general de Víctimas, abro comillas:
“El reconocimiento de la calidad de víctima, para efectos de esta Ley, se realiza por las determinaciones de cualquiera de las siguientes autoridades:
Fracción IV: Los organismos públicos de protección de los derechos humanos.
El reconocimiento de la calidad de víctima tendrá como efecto que la víctima pueda acceder a los recursos del fondo y a la reparación integral de conformidad con lo previsto en la presente ley y en el reglamento”. Cierro comillas.
El sólo nombre de la pretendida “Procuraduría de los Pobres” es discriminatorio pues considera que los únicos que podrían acceder a dicho mecanismo serían los pobres, lo cual además de absurdo es inconstitucional porque excluye de la esfera de aplicación a cualquier persona o individuo que no esté comprendido en esa categoría.
La protección de los derechos humanos por virtud de la Declaración Universal de los Derechos Humanos debe ser universal, es decir, no dirigirse a un grupo o sector; esto, pese a los esfuerzos de la 4T de hacer que cada día haya más mexicanos sumidos en la pobreza.
El artículo 2 de dicha Declaración dispone lo siguiente, vuelvo a abrir comillas:
“Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía”. Cierro comillas.
Si la propuesta o iniciativa -que yo llamaría ocurrencia- de Rosario Piedra se convierte en ley y transforma la CNDH en “Procuraduría de los Pobres”, México violará esta Declaración Universal de los Derechos Humanos y se uniría así a las naciones que se abstuvieron de votar sobre la aprobación de ésta en la sesión de la ONU el 10 de diciembre de 1948: las anteriormente llamadas Checoslovaquia, Unión Soviética y Yugoslavia; Arabia Saudita, Bielorrusia, Polonia, Sudáfrica, Ucrania, Honduras (que no asistió a esa reunión) y Yemen.
Si esto sigue adelante, México se colocará en la misma línea de países que han violado sistemáticamente los derechos humanos.
CAJÓN DE SASTRE
“Habrá qué ver lo que dice al respecto la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, dice la irreverente de mi Gaby, desde su refugio en SAT.