Servicio Médico de la 38: ¿camino al colapso?
COMPARTIR
TEMAS
Se ha dicho en otras ocasiones pero habrá que repetirlo: el esquema a partir del cual se construyó el servicio médico del magisterio coahuilense tiene defectos de origen que lo vuelven inviable pero que a últimas fechas lo acercan de forma irremediable al colapso debido a que dichos defectos han sido señalados en sentencias judiciales.
El principal defecto del modelo es que no fue diseñado para garantizar el derecho a la salud de sus beneficiarios, sino para recrear un tipo de servicio médico similar al que provee un hospital privado. ¿Y por qué es un defecto? Porque la única forma de ofrecer este esquema es fijar un límite al costo de la atención, además de cobrar una parte del mismo a los usuarios.
Durante un tiempo, sin embargo, el servicio médico de la 38 no solamente pareció ser viable, sino que constituyó una aspiración para el resto de la burocracia estatal cuyos integrantes buscaban que las dependencias para las cuales trabajaban suscribieran convenios con el magisterio coahuilense.
La burbuja explotó hace tiempo, pero la situación del servicio médico se vuelve cada día más difícil debido a la incapacidad de la dirigencia sindical, así como del Gobierno del Estado de reconocer la realidad: el modelo está condenado a la desaparición.
La más reciente evidencia de ello está constituida por el reporte que publicamos en esta edición, relativo a la protección que la justicia federal ha brindado -así sea de manera preliminar- a unos 300 jubilados del SNTE, la UAdeC y la Universidad Antonio Narro, quienes son derechohabientes de este sistema.
Los jubilados tramitaron un amparo -que sin duda ganarán al final- para frenar la pretensión de que se les cobre el denominado “copago”, que no es otra cosa que una suerte de “coseguro” a cuya liquidación están legalmente obligados quienes reciben el servicio médico de la 38 porque así lo dice la ley estatal en la cual se basa su funcionamiento.
La norma, expedida por el Congreso del Estado, es claramente contraria al mandato constitucional del derecho a la salud y por ello el juez federal que atiende el caso ha concedido la suspensión definitiva a fin de que no se les realicen cobros de ningún tipo a los jubilados por concepto de servicio médico.
Lo importante respecto de esta noticia es que, así como estos 300 jubilados, la totalidad de los beneficiarios del sistema pueden obtener exactamente las mismas prestaciones, porque el fondo del alegato no es que los jubilados requieran de una mayor protección o que se encuentren en un “estado de vulnerabilidad” distinto al de los trabajadores en activo.
El fondo del alegato es que los servicios médicos, cualquiera que sea su nombre, deben ser diseñados para garantizar el derecho a la salud y tal obligación no puede estar condicionada a que los derechohabientes realicen pagos de ningún tipo.
Así pues, lo que sigue para el servicio médico de la 38 es el colapso, pues sus finanzas actuales están definidas a partir de los ingresos que les representan los cobros inconstitucionales que hoy realizan y están siendo frenados a punta de sentencias.
Lo importante es que, así como estos 300 jubilados, la totalidad de los beneficiarios del sistema pueden obtener las mismas prestaciones