Municipios incumplidos, ¿cuál es el pretexto?
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Uno de los principales “deportes nacionales” –como suele decirse coloquialmente– es dejar las cosas para el último minuto, lo cual implica, en una alta proporción de casos, incumplir con los plazos establecidos para concluir una determinada tarea.
Desde la entrega de un trabajo escolar hasta el pago de impuestos, pasando por un largo etcétera, los mexicanos solemos no ajustarnos a los plazos que tenemos para cumplir con nuestras obligaciones y, a partir de ello, hemos construido una “cultura de la prórroga” que se funda en la idea de considerar “obligatorio” extender los plazos originales.
De esta forma, salvo los partidos de futbol o las elecciones, pocas cosas más ocurren en el momento originalmente previsto, pues para nosotros los plazos son sólo una suerte de referencia que no necesariamente debe ser tomada en serio.
Esta cultura del incumplimiento adquiere tintes trágicos cuando la práctica se extiende al trabajo que nuestras autoridades deben realizar, y para el cual cuentan con un calendario que se conoce con mucha anticipación. Tanta, que resulta inexcusable el incumplimiento.
Un buen ejemplo de ello lo constituye el reporte que publicamos en esta edición, relativo al incumplimiento de tres ayuntamientos de la entidad en la entrega de su proyecto de Ley de Ingresos para el año fiscal 2019, mismo que debió quedar registrado en la Oficialía de Parte del Congreso, a más tardar, el pasado 15 de octubre.
El plazo, es importante señalarlo, se encuentra establecido en la legislación que rige la actuación de las autoridades municipales, razón por la cual los responsables de elaborar y someter a la aprobación del cabildo el proyecto respectivo, conocían la fecha –o pudieron conocerla– desde el primer día del año, es decir, con 10 meses y medio de anticipación.
Pese a ello, y tras vencerse el plazo límite fijado por la Ley, los ayuntamientos de Parras de la Fuente, Sierra Mojada y Sacramento no entregaron al Poder Legislativo sus iniciativas de ley de ingresos. En virtud de ello, y a menos que se les extienda una prórroga para cumplir, el próximo año deberá mantenerse en vigor la ley aprobada para este año.
¿Qué pretexto válido podrían esgrimir quienes integran estos tres ayuntamientos para no haber planeado, con la anticipación debida, el proceso necesario que les permitiera presentar la iniciativa correspondiente al Poder Legislativo del Estado?
Difícil contestar a la interrogante anterior con una expresión distinta a “ninguno”. Porque, a menos que hubiera ocurrido una catástrofe, o el cabildo respectivo hubiera sido disuelto –supuestos que no se registraron– quienes integran los ayuntamientos de estos tres municipios debieron cumplir con sus obligaciones elementales.
La explicación se encuentra más bien, como ocurre con tantos otros ejemplos de la vida pública del País, en el hecho de que no hay consecuencias para la negligencia, el descuido y el abandono de las responsabilidades públicas.
Y mientras esto siga siendo así, difícilmente nuestras autoridades harán algo para modificar su conducta.