Opacidad contumaz, ¿por qué se tolera la conducta?
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Mientras siga tolerándose que obligaciones tan elementales como la de entregar información en tiempo y forma se cumplan o incumplan a capricho, difícilmente podremos aspirar a un mejor servicio público
Con insana frecuencia los medios de comunicación publicamos reportes que demuestran cómo nuestros servidores públicos siguen incurriendo en conductas que se suponían ya superadas, sin que parezca posible poner remedio a tal circuns-tancia.
Es el caso del reporte que publicamos en esta edición, relativo a las multas que la Auditoría Superior del Estado (ASE) ha impuesto al Presidente Municipal y a la Tesorera del municipio de Parras de la Fuente por incumplir la obligación que tienen de proporcionar información de su cuenta pública.
En total, de acuerdo con información difundida por la ASE, el alcalde Ramiro Pérez Arciniega ha sido multado con 152 mil pesos –que debe sufragar con sus propios recursos–, pero se ha negado a pagar, razón por la cual se le ha iniciado un procedimiento ejecutivo.
Varias preguntas se antojan obligadas frente a tales circunstancias:
La primera de ellas es por qué una autoridad municipal considera, a estas alturas de la historia, que cuando la ASE le solicita información relativa al ejercicio de los recursos públicos a su cargo es optativo entregarla o no, como si las reglas a las cuales debe sujetarse el servicio público estuvieran ahí sólo a modo de “invitación”.
La segunda es por qué, luego de recibir la sanción correspondiente a su ilegal conducta, esa misma autoridad –que ya figura como el alcalde más opaco de Coahuila– considera que se encuentra más allá de cualquier mecanismo de coerción y se niega a pagar las multas.
Un tercer cuestionamiento tiene que ver con el hecho de que, frente a la actitud contumaz del alcalde Pérez Arciniega, las autoridades que pueden –y deben– obligarle a cumplir con la ley guarden silencio y hagan como si nada relevante ocurriera.
¿Por qué no actúa el Congreso del Estado que cuenta con herramientas jurídicas para obligar al alcalde en rebeldía a someterse al imperio de la Ley? ¿Por qué la Secretaría de Finanzas no procede al embargo de los bienes personales del munícipe a fin de hacer válidas las multas?
¿Será acaso que, por emanar el alcalde parrense de las filas del partido del presidente López Obrador, nadie quiere incomodarlo ni siquiera con la exigencia de que cumpla con sus deberes?
No debería importar, desde luego, el origen partidista de ninguna autoridad pues, una vez asumido el cargo, lo que se espera de todo servidor público es que honre la promesa formulada –en voz alta– de “cumplir y hacer cumplir la ley”.
Y es que mientras siga tolerándose que obligaciones tan elementales como la de entregar información en tiempo y forma se cumplan o incumplan a capricho, difícilmente podremos aspirar a que la calidad de los resultados del servicio público mejore. Y de erradicar la corrupción, pues mejor ni hablamos.
Cabría esperar, desde luego, que la contumacia del alcalde parrense no se extienda hasta el fin de su periodo gubernamental. Pero eso sólo se evitará si quienes tienen la capacidad para obligarlo a cumplir la ley hacen su trabajo.