En colaboración con autoridades federales, rastrean en Coahuila dos casos de pornografía infantil
COMPARTIR
Autoridades federales solicitan al Estado apoyo para confirmar casos que abarcan otros tres estados
La Fiscalía General del Estado (FGE), a través de la Policía Cibernética, investiga posibles casos de pornografía infantil en Coahuila, luego de que instancias federales solicitaron la colaboración de la dependencia estatal.
Fuentes de la FGE señalaron que la solicitud se dio dentro del marco de colaboración con la Secretaría de Seguridad Pública Federal y la Guardia Nacional, para intercambiar experiencias y buenas prácticas en la lucha contra los ciberdelitos que atentan a la niñez mexicana.
El objetivo es fortalecer la colaboración interinstitucional para hacerle frente a la pornografía infantil, el rescate de posibles víctimas, principalmente menores de edad, y la detención de los agresores sexuales.
En este sentido, la dependencia local informó que hay la petición federal para coadyuvar en la investigación de al menos dos acciones de pornografía infantil y pederastía.
Los casos habrían sido detectados en ordenadores en Saltillo y Torreón, por lo que en las indagatorias se realizan acciones de rastreo de las direcciones del Protocolo de Internet.
Trascendió que en las indagatorias se ha detectado la transmisión de material gráfico en el que menores de edad aparecen en actos sexuales.
ES DELITO FEDERAL
El delito de pornografía de personas menores de dieciocho años de edad es una conducta federal, tipificada en el Código Penal Federal en el artículo 202.
“Comete el delito de pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados...
Con el objeto de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos.
PENAS Y CASTIGOS
Al autor de este delito se le impondrá pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa”, señala el Código.
Añade que a quien fije, imprima, video grabe, fotografíe, filme o describa actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participen una o varias personas menores de dieciocho años de edad se le impondrá la pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa, así como el decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito.
AMPLÍAN RESPONSABILIDAD
“La misma pena se impondrá a quien reproduzca, almacene, distribuya, venda, compre, arriende, exponga, publicite, transmita, importe o exporte el material a que se refieren los párrafos anteriores”, añade.