Avala Senado protección inmediata a mujeres

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El dictamen contempla 14 principios básicos a proteger a las mujeres con las nuevas disposiciones; entre ellos el de protección, confidencialidad, accesibilidad, de profundidad y el principio pro persona
CDMX.- El pleno del Senado de la República avaló reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para garantizar medidas de protección inmediatas y gratuitas por tiempo indefinido a las que denuncien violencia física, sexual, psicológica y laboral.
El dictamen enviado a diputados permitirá que mujeres y niñas de cualquier edad pidan a las autoridades judiciales medidas de auxilio, vigilancia y resguardo, incluso dentro de su casa o lugar de trabajo.
Las reformas incluyen el traslado inmediato de la víctima a un refugio temporal, una orden de restricción al acusado y la atención médica inmediata, en la que se incluiría la aplicación de antirretrovirales, anticoncepción de emergencia o la interrupción legal del embarazo, en caso de violación.
También se evitará que el agresor tenga cualquier tipo de contacto con la víctima, directamente o a través de terceros. De acuerdo con el documento, cerca de 44 por ciento de las mexicanas han sido víctimas de violencia en su última relación sentimental.
El dictamen también prevé que el Judicial proporcione recursos económicos para garantizar la seguridad de la víctima, alimentos, transporte, mudanza y vivienda. Igual da 120 días a este Poder para presentar un plan de capacitación a todo el personal ministerial y judicial sobre el contenido de la reforma.
Se busca que durante los primeros seis días posteriores a la implementación de las medidas de protección, la fiscalía responsable del caso mantenga contacto directo con la mujer cada 24 horas. A partir del séptimo día se establecerá un plan de seguimiento personalizado.
Las modificaciones a la ley incluyen que las medidas de protección tendrán que dictarse de manera inmediata o a más tardar ocho horas después de la denuncia, y podrán tener una duración de hasta 60 días, prorrogables por 30 días más, previendo que la investigación preliminar no puede pasar de ese lapso, o bien, bajo la más estricta responsabilidad de la autoridad ministerial o jurisdiccional por el tiempo que dure la investigación o el proceso penal según corresponda.
También obliga a los servidores públicos a denunciar los actos de violencia contra una mujer o niña de los que pudieran darse cuenta durante el ejercicio de sus funciones. “Quien tenga el deber jurídico de denunciar y no lo haga, será acreedor a las sanciones correspondientes”, se añade en la reforma.