Márquez y Álvarez: la presunción de inocencia
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El futbolista mexicano Rafael Márquez, quien funge como capitán de la selección nacional, así como el cantante Julión Álvarez, quedaron ayer atrapados en una circunstancia peculiar —por decir lo menos— luego que el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos les vinculara con el presunto narcotraficante Raúl Flores Hernández.
La determinación del Tesoro Estadounidense implica el “congelamiento” de los bienes que ambos poseen en los Estados Unidos, así como la prohibición para que particulares y empresas del vecino país sostengan vínculos comerciales con ellos.
La peculiaridad de tal situación es que la decisión de las autoridades fiscales de los Estados Unidos implica ubicarles en una suerte de “limbo jurídico” del cual resulta complejo escapar.
De acuerdo con la información conocida, las acciones del Tesoro estadounidense no implican necesariamente el inicio de un proceso penal contra Márquez y Álvarez —aunque tampoco lo descartan—, pero se trata de una situación de la cual deben defenderse legalmente y ello requiere, de forma obligada, de la contratación de abogados estadounidenses.
Tal contratación, sin embargo, resulta compleja porque, al haber sido congelados sus bienes, y considerarse que los recursos que poseen son de procedencia ilícita, la operación de pago de honorarios se complica seriamente, al grado de volverse eventualmente imposible.
En medio de todo, el principio de presunción de inocencia obliga a que ambos mexicanos sean considerados inocentes hasta que se pruebe lo contrario en una Corte, con arreglo a las formalidades que establece el proceso penal en los Estados Unidos.
Sin embargo, aún cuando la medida anunciada ayer es puramente administrativa, tanto Márquez como Álvarez enfrentan una situación sumamente compleja pues las consecuencias inmediatas del congelamiento de sus bienes vuelven casi imposible su defensa.
Con independencia del veredicto que emitan las autoridades jurisdiccionales en su momento —y que podría ser de culpabilidad en contra de ambos— lo cierto es que en este momento debe presumirse su inocencia y permitírseles el acceso a la defensa.
Más allá de que sean o no conocidos por su actividad deportiva y artística, cabe preguntarse si el Estado Mexicano tendría que actuar en sus casos para garantizar que puedan defenderse con acuerdo a los mínimos exigibles de un sistema democrático, o si se trata de un asunto que ellos, como particulares, deben enfrentar en solitario.
Se trata de un interesante caso jurídico en el cual se pone a prueba el significado material del principio de presunción de inocencia, pilar del sistema penal de cualquier país democrático y, en particular, del sistema estadounidense de justicia.