Amplían en Coahuila plazo para llevar a recién nacidos al Registro Civil
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No será necesario presentar al niño ante el Oficial
Para proteger la salud de los recién nacidos y sus padres, fue ampliado el plazo de 60 a 180 días para que los menores nacidos en el periodo de la pandemia puedan ser registrados sin ningún tipo de sanción, además que se puede acudir a cualquier oficialía sin la necesidad de presentar al menor.
El secretario de Gobierno, José María Fraustro Siller, emitió el acuerdo por medio del cual se establecen acciones extraordinarias para atender los registros de nacimientos, en las oficialías del Registro Civil, durante la emergencia sanitaria por COVID-19.
Los menores que hayan nacido entre el 1 de febrero y el 30 de junio de este año, y que no sean registrados de manera oportuna como lo marca la ley, es decir, dentro de los 60 días posteriores a su nacimiento, tienen una ampliación del plazo a 180 días naturales.
Esta acción beneficiará a los padres porque inscribir en el Registro Civil a un menor después del término legal de 60 días después de su nacimiento, únicamente puede hacerse previa solicitud de un certificado de inexistencia para menores, el cual tiene un costo de 240 pesos.
En este caso, el acuerdo del Secretario de Gobierno, es que los padres que no hayan registrado a su hijo tienen un plazo ampliado de 60 a 180 días naturales, y no tendrán que hacer el trámite de certificado de inexistencia.
Además el mismo acuerdo explica que los oficiales de Registro Civil están enterados que podrán realizar el registro de menores sin la presencia física de éste, siempre y cuando los padres cumplan con los requisitos que establece la Ley del Registro Civil.
También se exhorta a las oficialías del Registro Civil que existen en la entidad, para que tomen las providencias necesarias y no se presenten aglomeraciones en las instalaciones, y se observen los protocolos de salud e higiene como la sana distancia, aplicación de gel antibacterial y lavado de manos; todas las medidas del acuerdo tienen vigencias hasta el 31 de diciembre de este año.
Prevención
-Eliminan trámite de certificado de inexistencia.
-No será necesario presentar al niño ante el Oficial del Registro Civil.
-Las medidas aplican hasta el 31 de diciembre de 2020.