Seguimiento patrimonial, ¿será instrumento eficaz?
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A partir del próximo mes de mayo, cuando entre en operación el “Sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal”, establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, todos los servidores públicos del País usarán los mismos formatos para presentar su “3 de 3”.
Esto implica, en primer lugar, que la información proporcionada estará homologada, es decir, que no existirá más la disparidad actual que permite el diseño discrecional de formatos de declaración patrimonial, mediante los cuales puede ocultarse información de interés público.
En segundo lugar, permitirá darle seguimiento a la “evolución” del patrimonio de los servidores públicos, lo cual ayudará –al menos en teoría– a detectar el “enriquecimiento inexplicable” de un funcionario.
Al respecto, el secretario Técnico del Sistema Anticorrupción de Coahuila, Manuel Gil Navarro, ha dicho que la entrada en vigor de dicho sistema implica la posibilidad de que se analicen las modificaciones en el patrimonio de los servidores públicos desde la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción.
“Es decir, si el patrimonio de los servidores públicos en función de sus ingresos, aumenta o disminuye, y si esto es consistente con lo declarado”, ha dicho el funcionario.
El nuevo mecanismo formaliza lo que en teoría ha sido, desde siempre, el objeto de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos: un método para detectar la corrupción y, en consecuencia, investigarla, perseguirla y castigarla.
Como todos sabemos, la teoría no ha pasado jamás a la práctica porque, como lo demuestra de forma contundente nuestra historia, contar con instrumentos que obligan a los funcionarios a declarar su patrimonio –y ahora también sus intereses, además de probar que han realizado sus declaraciones de impuestos– resultan insuficientes.
Y es que además de la norma y los instrumentos para ponerla en práctica es necesario que exista una determinación real para combatir la corrupción, pues de otra forma la impunidad seguirá siendo el atributo más sobresaliente en la cultura de ejercicio despótico del poder que caracteriza a nuestra sociedad.
En este sentido pues, hará falta que se establezcan mecanismos a través de los cuales, no solamente quienes integren la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción sino también los ciudadanos, podamos darle “seguimiento” a la evolución patrimonial de los servidores públicos.
Lo anterior, a fin de que no se repitan las historias de individuos que ingresan al servicio público y repentinamente sufren un “ataque de prosperidad” que los ubica en la categoría de “exitosos empresarios”, pese a que todo mundo sabía que sólo poseían un modesto patrimonio.
Por ello, si desde el Sistema Anticorrupción –el nacional y el estatal– se espera que los ciudadanos veamos con optimismo la entrada en operación de este nuevo mecanismo de seguimiento patrimonial, será necesario que se haga algo más que sólo anunciarlo como una novedad.