CNDH denuncia al IMSS por negar pensión a hombres viudos

Nacional
/ 28 julio 2017

Ocho hombres a los que el IMSS les negó la pensión por viudez interpusieron una queja ante la CNDH, que recomendó garantizar condiciones de igualdad para acceder a este beneficio

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por discriminar y negar la pensión por viudez  a ocho hombres, a quienes se les impuso mayores requisitos que a las mujeres para acceder a este beneficio.

Tras revisar los ocho casos y la normativa vigente de las leyes de 1973 y 1995 del IMSS, la CNDH encontró que al exigir más requisitos a los hombres se “restringe la posibilidad de contar, en igualdad de circunstancias, con prestaciones familiares vitales para la subsistencia de esas personas”.

Los antecedentes del caso

Desde el pasado abril, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó obligatorio que el IMSS otorgará el beneficio de pensión por viudez a los hombres “en las mismas condiciones que a las mujeres”, ya que “se partía de la premisa de que el viudo o concubinario, en principio, no deben recibir una pensión por viudez en función de los roles tradicionales de género”.

La SCJN advirtió que no era la primera vez que se pronunciaba al respecto, pues “anteriormente había decretado la inconstitucionalidad de los artículos 152 de la Ley del Seguro Social abrogada, y 130 de la Ley del Seguro Social vigente”, mismos que fueron aplicados a los ocho hombres que presentaron su queja ante la CNDH.

La CNDH solicitó al director General del IMSS, Mikel Arriola, otorgar la pensión a los ocho hombres, “con los efectos retroactivos que correspondan”, desde el momento en que solicitaron el beneficio, “sin colocarlos en un supuesto jurídico que los distinga por su sexo y sin que se requiera mayores requisitos en comparación con las mujeres”, señala la recomendación.

También pidió “reparar el daño ocasionado en términos de la Ley General de Víctimas” e inscribir a los ocho hombres al Registro Nacional de Víctimas, a cargo de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).

De acuerdo con la CNDH, el IMSS tendrá que proponer una modificación a la “Ley del Seguro Social y a las normas reglamentarias”, para que los requisitos de la pensión por viudez en el caso de cónyuges o concubinos hombres no hagan distinciones de género ni transgredan  “el principio de igualdad y no discriminación, así como el derecho a la seguridad social”.

Además, el IMSS deberá diseñar “un programa integral de formación y capacitación en equidad de género e igualdad y no discriminación, seguridad social y atención al público, a fin de capacitar a todo el personal de ese instituto”, y se evite que por malos procedimientos los hombres sigan siendo discriminados.

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