Ministerio Público (convenientemente) inepto
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La semana anterior señalamos en este espacio la necesidad de recordar tercamente el vergonzante episodio conocido como la “megadeuda”. Y es necesario hacerlo, dijimos, porque en Coahuila y en México no se hace nada para castigar a los responsables del ilícito, pero también porque quienes se han ocupado de garantizarles impunidad han sido premiados por ello.
Se trata pues, de un doble agravio en contra de los ciudadanos coahuilenses: primero se le metió la mano groseramente al tesoro público y luego se desplegó una estrategia legal, desde los poderes Ejecutivo y Judicial de Coahuila, para impedir el castigo a los ladrones.
La evidencia ha venido apareciendo a cuentagotas porque parte de la estrategia para garantizar impunidad a los personajes más conspicuos de la trama –Jorge Torres López, Javier Villarreal Hernández, Sergio Fuentes Flores– ha sido justamente apartar de la vista del público los datos “sensibles”.
Y para hacer tal no ha existido pudor ni recato. VANGUARDIA publicó en enero pasado cómo el Poder Judicial de Coahuila retiró de su página web la lista de acuerdos del Juzgado de Primera Instancia en Materia Penal, con sede en Saltillo, con el propósito de evitar se conociera la existencia de un acuerdo, favorable a Javier Villarreal, emitido en diciembre anterior.
Pero el Poder Judicial, decidido a cumplir con eficacia su papel de encubridor, fue todavía más allá: convirtió en “secreto” el expediente del caso, con lo cual impidió a cualquier persona vincular el nombre del extodopoderoso funcionario de la administración estatal con una causa penal.
Este viernes VANGUARDIA publicó otro dato del cual usted difícilmente encontrará un antecedente en internet: el 16 de octubre de 2015, el Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Penal, del Distrito Judicial de Saltillo, dictó sentencia absolutoria en contra de Javier Villarreal Hernández, dejando sin efecto las acusaciones por las cuales originalmente fue arrestado.
Pero no sólo eso: la sentencia absolutoria obtenida por Villarreal –y al menos un coacusado– fue apelada por el Ministerio Público, pero la Sala Colegiada Penal del Tribunal Superior de Justicia confirmó el fallo favorable a Villarreal el 24 de enero de 2017.
¿Cómo ocurrieron estos dos hechos trascendentes en uno de los juicios más relevantes para la sociedad coahuilense, y no fueron profusamente difundidos, comentados y analizados por todo mundo?
La primera sentencia es de hace casi cuatro años… La segunda se registró hace más de año y medio. Pero sólo gracias a una solicitud de acceso a la información nos venimos enterando de la existencia de ambas y un poco más: un nuevo intento del Poder Judicial de Coahuila para encubrir los hechos.
El tema da para mucho, pero por hoy nos limitaremos a señalar sólo uno de los datos relevantes de la sentencia emitida por la Sala Colegiada Penal del TSJ, presidida en su momento por el aún magistrado Óscar Aarón Nájera Davis: el señalamiento reiterado de ineptitud hacia el Ministerio Público.
El documento es una joya, pero por cuestiones de espacio vamos a resumir los hechos:
En primer lugar, la sentencia permite saber la razón de fondo por la cual se exoneró a Villarreal Hernández en 2015: ¡el Ministerio Público no logró acreditar la existencia del delito de fraude equiparado en su modalidad de simulación de acto jurídico!
El Juez de primera instancia no solamente le señala al Ministerio Público su incompetencia para encuadrar una conducta específica –haber falsificado un decreto del Congreso del Estado para obtener un crédito por mil millones de pesos en un banco– con el tipo penal señalado, sino va más allá: le indica la “posible existencia” de otro delito, pero como éste no fue señalado…
Pero si el Juez de primera instancia se burla del MP, los magistrados encabezados por Nájera Davis no tienen piedad y señalan de forma reiterada e implacable la ausencia de rigor jurídico y la incapacidad del “representante social” para entender siquiera la naturaleza del recurso de apelación.
Entre las múltiples lecciones de elemental derecho procesal ofrecidas en el texto, los magistrados de la Sala Penal le recuerdan al Ministerio Público el concepto de agravio y cómo éste debe estar “destinado específicamente a criticar la resolución apelada”, pues de otra forma “se convierte en una inútil dialéctica que, al no poseer identidad legal, resulta inepta para su función procesal”.
El dato interesante de este cuento es el relativo a quién ostentaba la titularidad del Ministerio Público en Coahuila en los momentos en los cuales se acusó a Javier Villarreal y se le llevó ante un juez; se sufrió la vergonzante derrota en el juzgado de primera instancia y se debieron soportar los escupitajos y la mofa enviados desde el Tribunal Superior de Justicia.
En efecto: la ineptitud criticada por el Poder Judicial de Coahuila tuvo en todos esos momentos el mismo nombre y apellidos: Homero Ramos Gloria, quien “paradójicamente” hoy tiene un asiento en el Tribunal Superior de Justicia de Coahuila, es decir, se le ha convertido en garante de la impartición de justicia cuya procuración fue incapaz de lograr.
Esta historia continuará, desde luego…
¡Feliz fin de semana!
@sibaja3
carredondo@vanguardia.com.mx