Busca ministra ‘tumbar’ padrón de usuarios de telefonía móvil por inconstitucional
COMPARTIR
TEMAS
Por no haberse realizado una “evaluación de impacto en la protección de datos personales” y considerar que no es una medida que garantice un combate más eficaz a la delincuencia, la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Lucía Piña Hernández, ha propuesto declarar inconstitucional la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).
La citada base de datos -que implica la recolección masiva de datos biométricos de los usuarios de telefonía celular- fue establecida mediante una modificación a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicada el 16 de abril de 2021 en el Diario Oficial de la Federación.
Dicha reforma fue controvertida mediante una acción de inconstitucionalidad, por el pleno del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), así como por un grupo de 48 integrantes del Senado de la República, entre ellos la coahuilense Verónica Martínez García.
El proyecto de sentencia de la ministra Piña Hernández -que ya ha sido circulado y difundido- otorga la razón a los impugnantes, en su señalamiento de que la creación del Panaut viola los derechos a la intimidad y privacidad de las personas, además de que no se cumplió con las mejores prácticas parlamentarias durante el trámite legislativo de la iniciativa.
Por otro lado, en el extenso análisis que realiza la Ministra de la norma impugnada, concluye que, contrario a lo afirmado en la exposición de motivos, el Panaut no sería una herramienta más eficaz para el combate a la delincuencia y sí sería más invasivo de los derechos.
Aún no se ha dado fecha para que el pleno de la SCJN discuta y vote el proyecto de sentencia.
El comisionado presidente del Instituto Coahuilense de Acceso a la Información (ICAI), Luis González, consideró que el Panaut viola los datos personales e intimidad de ciudadanos.