"El Puebla", imputado por caso Ronquillo, seguirá en prisión
COMPARTIR
La medida no implica que el imputado quedará en libertad sino que la juez de amparo deberá revisar el auto de vinculación a proceso para determinar si fue emitido conforme a derecho
Una juez federal revisará si el auto de vinculación a proceso emitido contra José Emmanuel "N", alias "El Puebla" por el secuestro y posterior homicidio del estudiante Norberto Ronquillo, es o no violatorio de derechos humanos, pero no saldrá de la cárcel.
La juez Décimo Quinto de Distrito de Amparo en materia Penal en la Ciudad de México, Rosa Montaño Martínez, concedió la suspensión definitiva a “El Puebla” contra la ejecución del auto de vinculación a proceso que le dictó un juez local y la prisión preventiva oficiosa a la que fue sujeto por secuestro agravado.
Sin embargo, la medida no implica que el imputado quedará en libertad sino que la juez de amparo deberá revisar el auto de vinculación a proceso para determinar si fue emitido conforme a derecho y si resulta o no violatorio de los derechos humanos de José Emmanuel "N".
"Se concede a la parte quejosa la suspensión definitiva del acto reclamado consistente en el auto de vinculación a proceso y la prisión preventiva oficiosa, así como su ejecución, de 28 de julio de 2019, emitido dentro de la carpeta judicial 12/541/2019, para el efecto de que el quejoso quede a disposición de este Juzgado en cuanto a su libertad personal se refiere en el lugar donde se encuentra recluido y a disposición de la autoridad judicial correspondiente, por lo que hace a la continuación del procedimiento", indica el resolutivo.
La resolución tampoco significa que la juez concedió el amparo a "El Puebla", sino que su proceso penal continuará en trámite sin que el juez que conoce la carpeta judicial no pueda resolver nada de fondo hasta que la juzgadora federal determine si le concederá o no la protección constitucional.
"Se ordenó a la responsable suspender el procedimiento una vez que concluya la etapa intermedia (hasta antes del auto de apertura de juicio previsto en el artículo 347 del Código Nacional de Procedimientos Penales), en la carpeta judicial que se le instruye, hasta en tanto sea notificada la determinación en que cause ejecutoria la sentencia dictada en el cuaderno principal de amparo", recordó la juzgadora.
Si la juez decide conceder el amparo podría ordenar la reposición del procedimiento para que se realice una nueva audiencia de vinculación en la que el juez de control subsane los errores en los que pudo incurrir al emitir su decisión y, en su caso, determinar lo que proceda con relación a la prisión preventiva.
También, podría conceder el amparo para dejar insubsistente el auto de vinculación a proceso y la prisión preventiva oficiosa y ordenar la libertad inmediata del quejoso, si detecta violaciones a los derechos humanos del imputado.
Sin embargo, esto únicamente se dará a conocer hasta que la Juez Décimo Quinto de Distrito dicte su sentencia definitiva.