Proponen hacer ‘sujetos obligados’ a alcaldes en Coahuila

Coahuila
/ 10 noviembre 2021

Una vez instalada la Comisión de Enlace para las actividades preparatorias del procedimiento de Entrega-Recepción, el Presidente Municipal tendrá la obligación de entregar la información sobre el estado que guardan los asuntos y recursos financieros, humanos, materiales, obras y programas, jurídicos y generales al Presidente Municipal electo o a la persona a quien designe.

Así lo propuso la diputada Tania Vanessa Flores Guerra, del Partido Unidad Democrática de Coahuila, en una Iniciativa por el que se reforman el artículo 3, fracción IV, y adiciona un párrafo al artículo 18 de la Ley de Entrega-Recepción del Estado y Municipios de Coahuila.

Lo anterior con el propósito de establecer como sujeto obligado al Presidente Municipal y la obligación de proporcionar información una vez instalada la Comisión de Enlace, considerando que dentro de los principios establecidos para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, deberá prevalecer el principio de máxima publicidad.

“Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones”, manifestó la legisladora.

Señaló que aunque la fracción IV del artículo 3, de la Ley de Entregas-Recepción del Estado y Municipios de Coahuila de Zaragoza, establece que uno de los sujetos obligados es el Presidente Municipal electo, hasta que no tome posesión de su empleo, cargo o comisión, no es un sujeto obligado, ni posee en su poder documento o información que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones ya que no ejerce.

Además, estas comisiones de enlace, cobran relevancia ya que, en coordinación con la autoridad municipal saliente, a través del Órgano Interno de Control o el Contralor Municipal, se prepara la transferencia de información sobre el estado que guardan los asuntos y recursos financieros, humanos, materiales, obras y programas, jurídicos y generales, agregó.

De esta manera, explicó, la administración entrante toma conocimiento de la situación que guarda la administración municipal, informándose del desarrollo y cumplimiento de los programas, obras y proyectos; de tal manera que al concretarse la sustitución en la titularidad de los puestos, se continúe la marcha normal de la administración.

COMENTARIOS

NUESTRO CONTENIDO PREMIUM