Chávez continúa al frente de Venezuela
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Cumpliendo una compleja convalecencia tras una nueva operación Hugo Chávez arrancó su cuarto mandato con el escenario menos esperado.
Caracas, Venezuela.- Cuatro semanas después de que Chávez se trasladara a La Habana para una operación "imprescindible" ante la reaparición del cáncer que lo aqueja, se inició en Venezuela el pasado 10 de enero, el período legislativo 2013-2019, aunque la juramentación del mandatario esperará hasta que retorne de la isla.
Se cumplió así el escenario menos esperado desde que Chávez, que dio a conocer de su enfermedad a mediados de 2011, rompió los pronósticos agoreros en torno a su salud y conquistó su tercera reelección consecutiva, el pasado 7 de octubre, tras un tratamiento que incluyó quimio y radioterapia.
La salud presidencial, que dio vida en los últimos meses a toda suerte de conjeturas de políticos y medios, seguirá marcando el pulso de la situación, mientras no cesa la polémica en torno al rumbo político del país en los próximos meses.
El oficialismo ha llamado a "defender el voto" y se apega a la decisión del Supremo, en tanto que la oposición exige que una junta médica certifique la salud de Chávez y se declare una ausencia temporal durante la cual el presidente del Parlamento, Diosdado Cabello, y no el vicepresidente, Nicolás Maduro, sea quien lo supla.
POSESION QUE ENTRA EN COMPAS DE ESPERA
En un país que desde que recuperó su democracia el 23 de enero de 1958 ha vivido dos interrupciones de Gobierno, una de ellas por un golpe de Estado que sacó a Chávez brevemente del poder y otra con una transición por el enjuciamiento del presidente Carlos Andrés Pérez, la ausencia del jefe de Estado de su posesión es inédita.
Chávez no pudo prestar juramento este 10 de enero ante la Asamblea Nacional después de que un mes antes viajara a Cuba tras confirmar la recidiva del cáncer cuyo tipo y ubicación no han sido precisados.
El gobernante pasó el 11 de diciembre al quirófano y, desde entonces, se conoce de su condición a través de portavoces oficiales.
El comienzo del 2013 marcó el inicio de un cuenta regresiva para el acto que la misma Carta Magna fija en su artículo 231 para el 10 de enero del primer año de cada gestión, aunque también plantea que si "por cualquier motivo sobrevenido" el presidente no toma posesión ante la Asamblea Nacional (AN) puede hacerlo ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
"A pesar de que el 10 de enero se inició un nuevo periodo constitucional, no es necesaria una nueva toma de posesión en relación al presidente Hugo Chávez en su condición" de "reelecto", expuso la titular del TSJ, Luisa Estella Morales.
La sentencia fue dada a conocer el 9 de enero, cuando ya se había confirmado oficialmente la ausencia del jefe de Estado, quien permanece en estado "estacionario" de una insuficiencia respiratoria por una infección pulmonar severa tras la operación.
El TSJ puntualizó que la juramentación tendrá lugar "una vez que exista constancia del cese de los motivos sobrevenidos" que la hayan impedido y que el poder Ejecutivo, constituido por el presidente y demás órganos y funcionarios, seguirán ejerciendo "con fundamento en el principio de la continuidad administrativa".
La decisión no cayó de sorpresa, pues ya antes el vicepresidente Maduro, el día 4, había fijado la posición oficialista, Constitución en mano, sobre el escenario de que Chávez no pudiera jurar al cargo.
"La Constitución establece que en todo caso, como formalismo, debe presentar su juramento ante la AN el 10 de enero, pero ya el 10 de enero comienza el nuevo periodo constitucional y él continúa en sus funciones", sentenció Maduro en una entrevista con el canal estatal.
Mientras, la Asamblea Nacional, parlamento unicameral, el 8 de enero, tras constatar la ausencia del mandatario, lo autorizó a tomarse "todo el tiempo que necesite" para atender su enfermedad en Cuba.
"Presidente Chávez, esta honorable Asamblea le concede a usted todo el tiempo que necesite para atender su enfermedad y regrese a Venezuela cuando la causa sobrevenida haya desaparecido", dijo Cabello al concluir una sesión en la que se leyó una carta de Maduro en la anunciaba que el jefe de Estado no estaría el 10 de enero y que pidió asumir posteriormente ante el TSJ.
Al reaccionar a la decisión, el líder de la oposición, Henrique Capriles, consideró que "el tribunal le dio una interpretación para resolver un problema que tiene el Gobierno" y aseguró que con ello "la incertidumbre no se despeja" en Venezuela.
La oposición rechazó convocó a una marcha pacífica para el próximo 23 de enero, día en que se conmemora el 55 aniversario del final de la última dictadura militar.
CONSTITUCION E INTERPRETACIONES
La Constitución ha sido clave durante el último mes y libro de consulta, tanto para chavistas como opositores, en aras de dilucidar la situación planteada por Chávez .
El agravamiento de la salud del gobernante no solo agarró por sorpresa a los venezolanos sino también a su Carta Magna que, según constitucionalistas consultados por Efe, se muestra "imperfecta" ante esta situación.
El artículo 231 marca el 10 de enero como fecha de asunción ante el Parlamento y establece en su parte final que "si por cualquier motivo sobrevenido el presidente no pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional (AN), lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)", un punto que desató la controversia.
La Constitución también señala las causas de "falta absoluta": su muerte, renuncia, su destitución por el TSJ y "su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación" de la AN.
Igualmente son causas de falta absoluta el abandono del cargo y la revocación popular de su mandato.
"El único vacío que tiene la Constitución venezolana es que regula las faltas absolutas del presidente electo, pero no las faltas temporales", indicó el constitucionalista Ricardo Antela, profesor de la Universidad Católica Andrés Bello.
En caso de falta absoluta la Carta Magna es tajante: deben convocarse elecciones "dentro de los treinta días consecutivos siguientes" mientras queda encargado de la Jefatura de Estado del país el presidente de la AN.
Chávez está en La Habana desde el pasado 10 de diciembre sin que se haya declarado su falta temporal; la AN simplemente le dio permiso para ausentarse del país por más de cinco días.
El artículo 233 establece que cuando se produzca la falta absoluta del presidente electo antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes y que, mientras se elige y toma posesión el nuevo presidente, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente de la Asamblea Nacional.
El artículo 234 alude a las faltas temporales del presidente e indica que "serán suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva hasta por noventa días, prorrogables por decisión de la Asamblea Nacional por noventa días más".
Vencido ese plazo, la Asamblea "decidirá por mayoría de sus integrantes si debe considerarse que hay falta absoluta"
La oposición pedía que por "analogía", que el presidente de la Asamblea asumiera ante la
falta temporal del presidente, y se empezaran a contar los plazos previstos en la Constitución.
El constitucionalista Hermann Escarrá consideró que la Asamblea debía evaluar si la situación planteada por Chávez debía convertirse en falta temporal y, si era así, cambiar totalmente el régimen que debe aplicarle.
Escarrá opina que esta inesperada situación exigía flexibilidad y "mezclar conceptos", por lo que, a su entender, se podría plantear una presidencia interina del presidente del Parlamento o, basándose en la falta temporal, "una especie de interinato del vicepresidente, siempre en un lapso de tiempo prudencial".
Pese a que en Venezuela la elección presidencial no se basa en una fórmula presidente-vicepresidente, para Escarrá el vicepresidente Maduro podría asumir temporalmente el cargo porque "ante este hecho no previsto, no se puede tener una posición de inflexibilidad que no va a llevar a nada en el orden práctico".
EJECUTIVO CON PODERES LIMITADOS
Decidida la continuidad del Ejecutivo, los constitucionalistas han advertido que Maduro está al frente del Gobierno con poderes limitados.
Maduro, a quien Chávez le delegó unas competencias de gestión económica antes de viajar hace un mes a Cuba, no puede nombrar ministros o embajadores, conceder indultos o declarar el estado de excepción al no estar formalmente encargado de la Presidencia.
Chávez "nunca ha encargado el poder. No solo ahora, sino que desde que en febrero de 1999 asumió por primera vez", recordó a Efe el constitucionalista Manuel Rachadell, director de Consultoría Jurídica de la Universidad Central.
El artículo 239 de la Constitución reseña que las faltas temporales del presidente "son suplidas" por el vicepresidente, con lo cual queda facultado formalmente para dirigir el Ejecutivo, pero en el caso de Chávez no se ha declarado ninguna falta temporal.
"Fue su propia decisión (de Chávez) no nombrar presidente encargado a Maduro" y si éste necesita tomar una decisión presidencial "está impedido", so pena de ser tildado de "usurpador", remarcó Rachadell.
El también constitucionalista Ricardo Combellas, uno de los redactores de la actual Constitución bolivariana, apuntó que así "se mantiene el problema de gobernabilidad".
Opinó que hay "una inseguridad jurídica independientemente de que haya acuerdos entre los poderes del Estado, todos al mando de chavistas", que se resolvería "si el presidente delega formalmente sus funciones".
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+++ "El único vacío que tiene la Constitución venezolana es que regula las faltas absolutas del presidente electo, pero no las faltas temporales", indicó el constitucionalista Ricardo Antela, profesor de la Universidad Católica Andrés Bello.
+++ El constitucionalista Hermann Escarrá consideró que esta inesperada situación exigía flexibilidad y "mezclar conceptos", por lo que, a su entender, se podría plantear una presidencia interina del presidente del Parlamento o, basándose en la falta temporal, "una especie de interinato del vicepresidente, siempre en un lapso de tiempo prudencial".
+++ Decidida la continuidad del Ejecutivo, los constitucionalistas han advertido que Maduro está al frente del Gobierno con poderes limitados.