Critica experto legal ‘perdón’ en Ficreazo

Nacional
/ 16 julio 2019

Además asegura que es desechable el argumento esgrimido por Gregorio Pérez de ser “engañados”

Un abogado no puede ser paciente, no puede ser víctima del fraude, del engaño o de la estafa, así lo ha establecido la Corte en algunos precedentes”.

La “exoneración” a los actores en el “ficreazo” en 2017 hecha por un agente del Ministerio Público fue irregular, pues éste pudo haber actuado de inmediato y oficiosamente al existir todos los elementos para configurar el delito de peculado, consideró el abogado penalista Gerardo Pérez Pérez.

Dijo que habría que ver además si el plazo de prescripción  se había ya cumplido, pues hay jurisprudencias obligatorias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que indican que en delitos fiscales o  financieros, el plazo inicia una vez que hay un dictamen definitivo de la cuenta pública del año en el que se realizaron las operaciones.

No obstante, VANGUARDIA pudo corroborar, según documentos de la Fiscalía Anticorrupción, que esta “exoneración” aún puede ser enderazada. 

MP DEBIÓ ACTUAR

De entrada, Pérez Pérez señaló que desde que se dieron a conocer los hechos, que fue a finales de 2014, el Ministerio Público debió de iniciar la investigación, por lo que la “exoneración” que hizo de los involucrados fue, al menos, irregular y dejando ver un desconocimiento legal.

Afirmó que el delito que se actualiza es el de peculado, que se consuma cuando una persona, que es agente público  tiene bajo su dominio o bajo su alcance, la administración de recursos públicos y los distrae para usos distintos a los que están estipulados por la Ley.

“Se les destina a una actividad de especulación financiera, y esa sola circunstancia es constitutiva del delito de peculado y consecuentemente es la que determina que se tenga acreditado el hecho, no hay pues muchas diligencias, muchos datos de prueba que recabar, así estaban las documentales: los contratos, los recibos, las transferencias de los depósitos y después las propias denuncias.”, expresó.

“Había todo para actuar, el delito de peculado está pintadito con esos datos que acabo de apuntar que son datos documentales porque lo que se sanciona es la distracción, no se requiere ni es condición indispensable que esos recursos hayan ido a bolsillo de un funcionario”, externó el especialista.

Señaló que además es fácilmente desechable el argumento esgrimido por Pérez Mata de que fueron engañados por Ficrea.

“Un abogado no puede ser paciente, no puede ser víctima del fraude, del engaño o de la estafa, así lo ha establecido la Corte en algunos precedentes de fraudes cometidos contra notarios. Igualmente un presidente de un órgano público como el Poder Judicial es un perito de peritos, no puede decirse engañado”, recalcó el litigante.

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