IEC: ¿cómo se convirtió en ‘deudor solidario’ de partidos?

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El pago de 6.4 millones de pesos por parte del IEC a presuntos empleados del otrora Partido Joven constituye una irregularidad que no puede ser tomada por trivial y debe investigarse
El manejo pulcro de los recursos públicos es una de las tareas esenciales de quienes tienen a su cargo la conducción de las instituciones públicas. Se trata de una tarea que no puede tomarse a la ligera, pues estamos hablando del dinero que nos pertenece a todos y sobre el cual se debe rendir cuentas de forma escrupulosa.
El señalamiento anterior no es una simple frase retórica, sino el recordatorio de que ostentar una posición pública implica responsabilidades con la sociedad que no pueden tomarse a la ligera.
El comentario viene al caso a apropósito de la controversia que ha surgido en el Instituto Electoral de Coahuila respecto del pago de laudos a favor de 21 personas que no laboraban en la institución, sino en un partido político que perdió el registro hace ya varios años.
El tema se convirtió en una disputa interna en el IEC a partir del señalamiento realizado por el consejero Óscar Daniel Rodríguez, quien en una sesión pública de comisiones denunció que podría tratarse de un acto de corrupción y que en éste estaría implicado el pago de 6.4 millones de pesos.
Al explicar lo ocurrido, el consejero presidente del IEC, Rodrigo Paredes, señaló que el pago fue efectivamente realizado, pero que correspondía a demandas laborales interpuestas en 2017 por exempleados del Partido Joven a quienes la institución habría reconocido como empleados propios.
Hace falta, sin duda, conocer los detalles puntuales del caso, pues de entrada no resulta lógico que el órgano electoral asuma como empleados propios a quienes en realidad laboran para un instituto político. Que eso hubiera ocurrido implicaría una irregularidad que podría configurar incluso conductas de carácter delictivo.
Tampoco se entiende, sin embargo, que teniendo clara esta circunstancia, la actual administración del órgano electoral haya accedido sin más al pago de las indemnizaciones o que no emprenda acciones legales para que se sanciones a quienes hubieran incurrido en tal ilegalidad.
El asunto, en todo caso, no es un asunto trivial y las explicaciones ofrecidas hasta ahora solamente convocan a la confusión. Y tal confusión no puede quedarse simplemente en eso, sino que debe ser aclarada sin dejar lugar a dudas.
No estamos hablando de un monto menor, sino de una cantidad que, al menos a primera vista, no debió ser erogada para los fines a los cuales se destinó, pues no existe norma alguna que convierta a los contribuyentes en deudores solidarios de los pasivos laborales de los partidos.
Cabría esperar en este sentido que se emprenda una investigación escrupulosa y profunda del caso para que se determine con toda claridad el origen del problema y la razón por la cual una autoridad laboral terminó condenando al árbitro electoral de Coahuila a cubrir los adeudos de un partido.
Por lo pronto, el caso se inscribe en la categoría de las conductas que evidencian la necesidad de que la actuación de los entes públicos sea vigilada de forma cercana por la ciudadanía.