ICAI: ¿es un órgano ‘garante de la opacidad’?
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En los últimos meses, lo más relevante en torno al trabajo del Instituto Coahuilense de Acceso a la Información (ICAI) son los reveses que le ha propinado el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) al revocarle resoluciones emitidas de espaldas a los principios que debería defender.
Uno de los más recientes está relacionado con la posibilidad de que los ciudadanos conozcamos la mayor información posible sobre las denuncias que, por presuntos actos de corrupción, han sido llevadas por la Fiscalía especializada del ramo ante los jueces de primera instancia.
A la solicitud de un ciudadano, que pidió conocer los nombres de los funcionarios públicos involucrados en las 214 denuncias penales que la Fiscalía Anticorrupción de Coahuila ha llevado a los juzgados, la dependencia respondió que se trataba de información reservada.
Inconforme con la respuesta, el peticionario acudió ante el órgano responsable de garantizarle su derecho de acceder a información pública –el ICAI–, pero los integrantes del Consejo General de dicho organismo confirmaron la respuesta de la Fiscalía.
El ciudadano acudió entonces al INAI, cuyos integrantes argumentaron que sí existe derecho de conocer los datos personales de los servidores públicos que, una vez presentado el caso ante un juez, hayan sido imputados como presuntos responsables de un delito, así como el delito por el cual se les juzga.
Hasta aquí la historia abona al descrédito del ICAI como “órgano garante” de los derechos ciudadanos. Pero los integrantes del Consejo General del organismo no se conformaron con esto, sino que fueron más allá.
En efecto, como publicamos en esta edición, la nueva resolución que el Consejo General del ICAI dictó en relación al caso fue incluida en el orden del día de una sesión que el organismo celebró ¡en Guerrero! y que, bajo el pretexto de que no existe señal de internet, no transmitió en vivo como ocurre de manera regular.
Más aún: en el comunicado de prensa que se difundió luego de la reunión, el órgano se cuidó bien de no incluir detalles que permitieran al público saber qué había resuelto. Por supuesto, la sesión tampoco fue grabada para luego ponerla a disposición del público.
No hace falta ser demasiado perspicaz para sospechar lo que parece estar a la vista: el ICAI utiliza su vocación de “órgano itinerante” para colocar lejos de la vista del público los asuntos que resultan “incómodos” para los integrantes de la clase política local, que han sido sorprendidos en falta.
Así, un instrumento (la transparencia) teóricamente creado para combatir la corrupción se convierte paradójicamente en herramienta para lo contrario, es decir, para mantener en las sombras información que resulta vital para que los ciudadanos podamos calificar el desempeño de nuestros servidores.
Cabría esperar una explicación puntual del ICAI en torno a este caso. Y por explicación puntual debe entenderse, sobre todo, la relativa a los esfuerzos realizados por dicho Instituto para ocultar la resolución que emitió, literalmente, “en lo oscurito”.
Un instrumento teóricamente creado para combatir la corrupción se convierte paradójicamente en herramienta para lo contrario, es decir, para mantener en las sombras información que resulta vital para los ciudadanos.