‘Cocinan’ adiciones al Código Electoral, para que mujeres busquen diputación en distritos con posibilidad de triunfo
COMPARTIR
Para garantizar la paridad de género en las elecciones para renovar el Congreso del Estado y en su conformación, se “cocinan” adiciones al Código Electoral que aseguren las candidaturas de mujeres en distritos electorales donde sus partidos tienen probabilidad de triunfo y se establece que la asignación de personas no binarias, no reducirá la participación prioritaria de las mujeres.
La iniciativa de reforma refiere que para el registro deberán postular de forma igualitaria, hombres y mujeres en cuando menos la mitad de los distritos, entregando una lista para que la autoridad realice la asignación que corresponda al partido.
TE PUEDE INTERESAR: Adoctrinamiento político-partidista debe estar fuera de las aulas: legisladora de Coahuila
En caso de que en la integración del Congreso las mujeres se encuentren subrepresentadas, el IEC tendrá la obligación de hacer las sustituciones necesarias para garantizar la paridad.
Una vez que se hayan revisado los límites de sobre y subrepresentación, se realizarán los ajustes iniciando en la fase de resto mayor con él o los candidatos hombres del partido que hayan sido asignados con el menor número de votos.
Si aún fuera necesario realizar ajustes para garantizar la paridad, estos deberán efectuarse en la fase de cociente natural, debiendo recaer en él o los candidatos hombres asignados, cuyo partido hubiera obtenido el menor número de votos no utilizados en la asignación.
Por último, si las mujeres continúan subrepresentadas, los siguientes ajustes se harán en la fase de porcentaje específico, comenzando con el partido que hubiere obtenido el menor porcentaje de la votación válida emitida.
LA MITAD PARA CADA GÉNERO
La postulación de candidaturas en la elección de diputaciones por ambos principios, para partidos y coaliciones, deberá ser del 50% para cada género.
El IEC dividirá en dos bloques de ocho distritos cada uno a cada partido, conforme a los porcentajes de votación que hayan obtenido en la elección inmediata anterior de diputaciones, los cuales serán catalogados de alta y baja competitividad.
TE PUEDE INTERESAR: Sedu presenta ‘Coahuila Educa’, libros de texto que usarán alumnos del estado
El primer bloque de competitividad se compondrá con los distritos en los que el partido obtuvo los porcentajes de votación más altos; el segundo, con los distritos con porcentajes más bajos.
En cada bloque, los partidos deberán postular cuatro fórmulas de cada género para garantizar que a las mujeres no sean postuladas exclusivamente en distritos de baja competitividad para el partido.
En ningún caso, se deberá impedir la postulación de mujeres en distritos de baja competitividad para los partidos y reservados para hombres, cuando las encuestas y sondeos de opinión de los propios partidos reflejen alta popularidad de la candidata.
Las candidaturas de coaliciones flexibles o parciales deben presentarse paritariamente; por ello, no es necesario exigir que cada partido coaligado registre el mismo número de mujeres y hombres en las postulaciones que le corresponden dentro de la coalición.
Los partidos coaligados deberán presentar, de manera paritaria, la totalidad de sus candidaturas, lo que implica que la suma de las que se presentan a través de la coalición y de forma individual resulte al menos la mitad de las mujeres. Si con motivo de la coalición, el número total de las candidaturas es impar, se procurará que la postulación sea mayoritaria de las mujeres.
Tratándose de coalición total, cada partido debe postular de manera paritaria las candidaturas que le corresponden al interior de la coalición.
COMPROMETIDOS A CUMPLIR
Los partidos asumirán plena responsabilidad para garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género en el registro de candidaturas, independientemente de los casos de reelección, en cuyo supuesto el partido deberá hacer los ajustes necesarios.
TE PUEDE INTERESAR: Ramos Arizpe: cruce de vías en Los Pinos propicia riesgo de accidentes de ferrocarril
Cuando se incumpla con la paridad de género, el IEC otorgará, por única vez, un plazo de 24 horas para subsanar la omisión y si un partido incumple con las reglas de paridad, el Instituto cancelará los registros de candidaturas de hombres que representen el déficit de paridad, mediante un sorteo aleatorio y público de los distritos en los que se hayan registrado.
SOBRE LA PRELACIÓN
Tratándose de las listas de candidaturas a diputaciones de representación proporcional, los partidos serán libres de determinar el orden de prelación de sus dos listas, una de hombres y una de mujeres, con fórmulas de dos candidaturas del mismo género; las asignaciones de pluris se harán alternando las listas de hombres y mujeres, iniciando por la lista que éstos libremente determinen.
Si el resultado de las diputaciones de RP no es paritario, el IEC realizará las asignaciones iniciando con las listas de mujeres de cada partido. Con independencia de la existencia de coaliciones, cada partido deberá registrar por sí mismo, las listas de candidaturas a diputaciones de RP y se indica que la asignación de personas no binarias, no reducirá la participación prioritaria de las mujeres.