Aprueban en Tabasco #LeyGarrote; castigarán con cárcel a 'chantajistas' por bloqueo de vías
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El Legislativo estatal modificó el artículo que contemplaba sancionar cualquier manifestación y avaló sancionar las protestas que busquen frenar obras públicas o privadas
Tabasco. - El Congreso de Tabasco aprobó con 24 votos a favor y uno en contra en lo general y en lo particular reformas al Código Penal que contemplan la incorporación del nuevo delito de "impedimento de ejecución de trabajos y obras", con lo que castigará hasta con 20 años de cárcel el bloqueo de obras públicas o privadas y cierres carreteros con fines de extorsión.
La pena máxima planteada por los legisladores, hasta 20 años de cárcel, está dirigida a quienes impidan la ejecución de obras exigiendo "dádivas, cuotas o la obtención de un empleo" y además ejerzan violencia o utilicen a menores de edad en sus movilizaciones.
Durante la sesión se modificó el artículo que contemplaba la sanción a cualquier movilización que impidiera el libre tránsito y afectara las vías de comunicación, aprobado en comisiones el fin de semana, y los legisladores acordaron especificar que las penas sólo son para quienes lucren con sus manifestaciones.
La mayoría morenista defendió estos cambios propuestos por el gobernador Adán Augusto López Hernández, al señalar que de esta manera se pondrá un freno a los pseudosindicatos que bloquean accesos petroleros o interfieren con el trabajo de empresas en municipios como Cárdenas o Paraíso, donde se construirá la nueva refinería.
Desde un inicio la oposición priista y perredista calificó estas reformas como "ley garrote", pues aseguró que abriría la puerta para criminalizar cualquier protesta y no sólo aquellas en las que lleven mano grupos sindicales.
Ante la polémica el secretario de Gobierno, Marcos Rosendo Medina Filigrana y los diputados locales, realizaron una reunión previa a la sesión de este lunes, en la que se determinó modificar el dictamen y "mejorar la redacción".
Particularmente, dijo, se cambió lo referente al artículo 308 bis, que en la propuesta del Ejecutivo señalaba que "al que careciendo de facultad legal, impida total o parcialmente el libre tránsito de personas, se le impondrá prisión de uno a cinco años y multa de ciento cincuenta a doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
"Se aumentará al doble la pena de prisión y multa que le corresponda, cuando el responsable se haga acompañar de personas menores de edad o se emplee violencia".
Por ello, se decidió aclarar que también se aplicarán esas penas para quienes usen sus bloqueos con fines de lucro personal.
La modificación establece ahora que "al que extorsione, intente imponer o imponga cuotas o impida total o parcialmente el libre tránsito de personas y vehículos, maquinaria, equipo especializado o similar para la ejecución de trabajos y obras públicas o privadas en las vías y medios de comunicación de jurisdicción local al que se refiere el artículo 306, se le impondrá prisión de seis a 13 años".
La pena se incrementará en una mitad más cuando en la comisión del delito el sujeto activo se haga acompañar de personas menores de edad o se emplee violencia.
La discusión se alargó por casi dos horas, en medio de gritos de ciudadanos que exigían consulta popular. Al final, los integrantes de la fracción parlamentaria del PRI y una diputada perredista abandonaron la sesión.