Zacatecas es el primer estado que tipifica la violencia vicaria en México

Noticias
/ 26 abril 2022

Algunos de estos casos comienzan con acciones como sacar de su casa a las mujeres, difamarlas en redes sociales, atacar a familiares cercanos y personas significativas o promover procesos de custodia y recursos legales para coartar visitas

La iniciativa, aprobada por el Congreso local el 31 de marzo, la define como “cualquier acto u omisión, por parte de la pareja o expareja sentimental de una mujer que inflija a personas con las que esta tenga lazos de parentesco civil, por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado, un daño, menoscabo o sufrimiento de cualquier naturaleza con el propósito de causar perjuicio o daño psicológico, patrimonial, físico o de cualquier otra índole a la mujer”.

El documento, presentado por la diputada local Maribel Galván Jiménez, describe que ese tipo de violencia se desplaza a todos aquellos por quienes la mujer siente cariño, por lo que “no solo se busca dañar a los hijos, sino también a familiares, amigos o incluso hasta las mascotas”. Las comisiones unidas de Justicia, Igualdad de Género y Niñez, Juventud y Familia del Congreso de Zacatecas consideraron que dentro de la legislación estatal debe definirse este tipo específico de violencia.

Además, describe que, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), en 2021 Zacatecas tuvo la segunda tasa más alta a nivel nacional de homicidios dolosos contra mujeres, solo por debajo de Baja California, con una cifra de 14.76 víctimas por cada 100 mil, superior a la tasa nacional. El estado fue también donde el delito de extorsión tuvo como víctimas en la mayoría de los casos a mujeres: 22.96 por cada 100 mil. Otros estados que ya cuentan con iniciativas formales, consigna el documento, son Estado de México, Tabasco y Puebla.

“He acompañado a cualquier cantidad de mujeres víctimas de violencia, y me he enfrentado a casos aterradores en los que ellas no pueden denunciar directamente la violencia porque no la han recibido de esa manera: la violencia la viven, la sufren a través de sus seres más amados, que normalmente son los hijos”, comenta Galván Jiménez en entrevista.

Con base en los estudios y la definición acuñados por la argentina Sonia Vaccaro y los antecedentes de reforma legal en España, la tipificación de la violencia vicaria en Zacatecas se añadió a los diversos tipos de violencia que ya contempla la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como la patrimonial, sexual, emocional y contra los derechos reproductivos.

“Aparejado a ello, se establece un componente más en la legislación familiar y en la legislación penal, de manera que al describir la conducta típica específicamente en normas que la prohíben, después los responsables de su aplicación puedan perfectamente sancionarla, y prevenir y erradicar este tipo de violencia en el entorno local”, explica Galván Jiménez.

Esto podría traer como consecuencia limitaciones en el ejercicio de la custodia o la convivencia, o incluso en los derechos civiles, políticos y hasta la libertad, dependiendo de la gravedad de la violencia ejercida en cada caso.

La diputada subraya que, derivado de los efectos adversos de la pandemia, los índices de violencia al interior de las familias se incrementaron, y uno de ellos es “esa violencia que no se visibiliza, que no se describe, que no se conoce y, por lo tanto, no se sanciona, pero eso no significa que no ocurra; es una figura que se presenta muy constantemente, más de lo que las mujeres víctimas quisiéramos”.

“¿Qué pasa con aquella violencia que no se visibiliza? La consecuencia es que resulta inexistente, y las autoridades se encuentran en imposibilidad de intervención para prevenirla, erradicarla y sancionarla. Entre mayor visibilización exista de este tipo de fenómenos, estaremos en la ruta de eliminar la violencia cometida en perjuicio de las mujeres y las niñas”, agrega.

La iniciativa aprobada espera su publicación como decreto oficial por parte del gobierno del estado. Algunos congresos, como el de Guanajuato, Tamaulipas y Jalisco, se han acercado a la legisladora local para replicar en sus respectivas entidades la propuesta.

Más para leer: Aumentan 19% denuncias contra deudores alimentarios en Coahuila; reportan 56 casos en primer trimestre del 2022

Violencia por parte de agresores y autoridades

A partir del acercamiento de diversos colectivos a finales de 2021, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) estudia más de 150 casos de violencia vicaria en diferentes entidades del país.

Mediante ellos, se ha identificado un patrón de conducta de los agresores, pero también de autoridades que regularmente favorecen a los hombres dentro de un sistema de impartición de justicia que carece de perspectiva de género y especialización en derechos de la niñez, pues la violencia vicaria es la expresión de la violación a ambas y pone en evidencia cómo las infancias también pueden ser víctimas directas de la violencia de género.

“Como resultado del proceso de entrevista a las madres agraviadas, fue posible identificar un patrón de violaciones frecuentes a sus derechos y los de sus hijas e hijos, entre ellos, la separación forzada y sustracción ilícita de sus hijos e hijas; la falta de aplicación del Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); la falta de aplicación de la suplencia de la queja, la suspensión de audiencias sin justificación suficiente, la solicitud de dádivas para llevar a cabo diligencias de notificación; la dilación injustificada de procesos de guarda, custodia y alimentos...”, dio a conocer la CNDH en marzo.

Algunos de estos casos comienzan con acciones como sacar de su casa a las mujeres, difamarlas en redes sociales, atacar a familiares cercanos y personas significativas o promover procesos de custodia y recursos legales para coartar visitas, que pueden resultar en procesos de desvinculación de niños, niñas y adolescentes de sus madres por años o, a veces, desde que eran lactantes. Estas conductas ejercidas hacia las mujeres no son comparables ni en números ni en efectos con el caso contrario.

La violencia vicaria es una forma de violencia de género que ya existía, pero no se había visibilizado como patrón de violaciones a derechos, labor que han impulsado colectivos como el Frente Nacional contra Violencia Vicaria, la Colectiva de Amorosas Madres en Contra de la Violencia Vicaria (Cam-Cai) y el Frente Nacional de Mujeres, que promueve un proyecto de Ley Vicaria que ha presentado en Tlaxcala, Morelos, Quintana Roo, Sonora, Chihuahua, Estado de México, Puebla, Tabasco y Jalisco.

Prueba de los antecedentes documentados de la violencia vicaria, aunque entonces todavía nombrada únicamente como violencia de género, es la recomendación 32/2013 de la CNDH por la indebida procuración e impartición de justicia en el caso del ministro en retiro Genaro Góngora Pimentel, donde ya se describe la tipología de violencia contra la mujer a través de sus hijos mediante conductas violatorias a los derechos de las mujeres y de los niños, cuya madre vivió un año de privación de la libertad por una denuncia de supuesta violencia familiar por parte del padre.

Animal Político publicó el reciente caso de Mónica Peyro, quien desde abril de 2020 denunció al padre de sus hijas por abuso sexual y violación contra las niñas, y ahora enfrenta una acusación en su contra y el riesgo de ser procesada, así como la historia de las fundadoras del Frente Nacional contra Violencia Vicaria, integrado por más de 600 mujeres que acompañan y apoyan a mamás que han vivido estas situaciones.

Te podría interesar: Denunció al padre de sus hijas por abusar sexualmente de ellas, ahora la acusan de violencia familiar

“En la violencia vicaria confluyen conductas de violencia familiar, física, psicológica, de género, económica, patrimonial, institucional, y otras, ejercidas no solo por los agresores, sino directa e indirectamente por las autoridades de procuración y administración de justicia, de protección a la niñez y adolescencia, y jurisdiccionales que conocen de los casos, ya que omiten preservar los derechos de las víctimas y atender el interés superior de las niñas, niños y adolescentes”, concluyó la CNDH.

Con información de Animal Político

COMENTARIOS

Selección de los editores