Coahuila: Ola de incendios en Saltillo: ¿se ataja con ‘leyes más duras’?

Opinión
/ 12 marzo 2025

Amenazar con penas más duras −de prisión y/o económicas− a quien cometa un delito nunca ha sido un disuasor eficaz ni ha logrado erradicar conductas indeseables

Uno de los vicios de nuestra clase política es su vocación por sobresimplificar la realidad y, a partir de ello, ofrecer respuestas a los fenómenos sociales que, más allá de atraer reflectores y generar la percepción de que se está reaccionando adecuadamente ante hechos que provocan inquietud comunitaria, no logran mayor cosa.

Rara vez, sin embargo, estas respuestas de los políticos tienen sustento sólido o sirven para contener las problemáticas que pretenden resolver. En el mejor de los casos, dejan intocado el problema; en el peor, contribuyen a profundizarlo y volverlo más complejo.

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La afirmación anterior es particularmente cierta cuando hablamos de conductas que implican la comisión de delitos y, por tanto, requieren ser atajadas con mayor celeridad y eficacia.

Y es que en estos casos, una de las respuestas más socorridas por nuestros políticos es la de crear nuevos tipos penales y/o promover mayores castigos para quienes incurran en dichas conductas, a partir de una premisa tan simplista como falsa: el temor al castigo habrá de inhibir a quienes se encuentren en la posibilidad de cometer el delito.

El comentario viene al caso a propósito del reporte que publicamos en esta edición, relativo a la propuesta que se presentó ayer, en el Congreso del Estado, para sancionar con penas de prisión y multas a quienes inicien incendios en predios baldíos de zonas urbanas.

La propuesta, presentada por el bloque mayoritario del Congreso −PAN, PRI y PRD− pretende ser una respuesta eficaz ante la ola de incendios que azota la Región Sureste y ha derivado al menos en un hecho trágico cuando un incendio, aparentemente provocado, arrasó con un bloque de humildes viviendas en el sector conocido como “Las Isabeles” en febrero pasado.

De acuerdo con la iniciativa presentada, en caso de aprobarse la misma, quienes provoquen un incendio en terrenos o predios baldíos ubicados dentro −o cerca− de centros de población enfrentarán de tres meses a tres años de prisión y una multa de 200 a 500 días de salario.

El problema con este tipo de respuestas es que, aun cuando parecen ofrecer una respuesta eficaz al problema −que existe y es necesario atender− en realidad lo pasan por alto. Y esto es así porque no se ofrece ningún diagnóstico −acaso porque no lo hay− sobre la naturaleza del fenómeno y, debido a ello, solamente se busca atender sus consecuencias, pero no las causas.

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Porque lo realmente valioso no es que se castigue “de forma ejemplar” a quien provoque intencionalmente un siniestro, independientemente de los daños que este cause, sino impedir que el incendio ocurra, es decir, prevenir este tipo de hechos de forma eficaz.

Las sanciones penales no son, por su propia naturaleza, medidas de carácter preventivo. Cuando mucho, buscan corregir un problema por la vía de la disuasión, pero la experiencia indica que, sin importar las penas que se impongan, las conductas indeseables difícilmente se erradican con el sólo empleo de esta herramienta.

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