La difusión de información sobre hechos delictivos
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En las últimas semanas hemos podido darnos cuenta de las críticas que en diversos medios de comunicación se hacen al sistema de justicia penal, acusatorio y oral. Es común que estas críticas aumenten luego de que se realicen alguna audiencia en casos mediáticos.
Dos ejemplos claros de ello son el procedimiento abreviado de Javier Duarte y la audiencia de vinculación a proceso de los presuntos feminicidas de Ecatepec.
Del primero de los casos, en diversos medios de comunicación se ha reprochado la pena de prisión y la multa negociada por las partes; mientras que en el segundo se ha criticado que, a pesar de existir una “confesión”, no se les ha condenado.
Estas críticas son las que han imperado en la opinión pública en torno al –no tan– nuevo sistema de justicia penal, equiparando la garantía de los derechos de los procesados como beneficios para “criminales”. No obstante, como ya he señalado en columnas anteriores, los derechos humanos no son el problema.
Así, los ojos de la sociedad, y en específico de los medios de comunicación, se han enfocado en las personas imputadas, dejando de lado a las víctimas. Poco a poco es más común ver notas periodísticas o reportajes donde omiten señalar los nombres, incluso difuminan los rostros de las personas sujetas a un proceso penal.
Sin embargo, en gran cantidad de notas periodísticas que comunican hechos delictivos, los derechos de las víctimas siguen sin respetarse y difundirse. Tanto en los medios impresos, como en radio, televisión y sobre todo en las redes sociales es común que sigan mencionándose el nombre, edad, incluso la dirección y otros datos personales de las víctimas y sus familiares.
Si bien, las personas que se dedican al periodismo tienen –entre otros– el derecho a la libertad de expresión, a la libertad de prensa, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas, cuando las noticias que difunden involucran a víctimas, generalmente se presentan diferentes problemas.
Algunos de los problemas son: la falta de reconocimiento de las víctimas como sujetos de derechos; la falta de contextualización; así como la discriminación. Estos problemas pueden originar muchas consecuencias, la mayoría de ellas negativas para la propia víctima, pero también para la investigación de los hechos victimizantes.
Una de las consecuencias más comunes es la revictimización o victimización secundaria, ya que mediante la difusión inadecuada de información relacionada con hechos delictivos, puede transgredirse los derechos al honor, la privacidad y la protección de datos personales de las personas en situación de víctima. Así, se corre el riesgo de revictimizar y de invisibilizar a las víctimas, pero también de normalizar los hechos de violencia que dan origen a la vulneración de los derechos de éstas.
Para evitar lo anterior, es necesario que los medios de comunicación, y en particular las personas encargadas de realizar actividades tendientes a difundir información relacionada con hechos delictivos, se conduzcan con verdad, prudencia, respeto y ética hacia las personas involucradas en la comisión de un delito, en particular frente a las víctimas.
Es recomendable la elaboración de protocolos que por un lado guíen el actuar de los medios de comunicación en el manejo de la información relacionada con las víctimas de delitos y de violaciones a derechos humanos y, por otro lado, para que las autoridades encargadas de las investigaciones no solamente eviten compartir datos personales, sino que los protejan adecuadamente.
Con ello, se facilitaría la generación de notas periodísticas con perspectiva de derechos humanos, en donde la dignidad y la integridad de las personas sean el límite en la difusión de información, garantizándose así la protección de datos personales y sensibles, y a la par, se promovería el trato digno, respetuoso y objetivo para las víctimas.
@carlos_zamorav
El autor es investigador de la Academia IDH
Este texto es parte
del proyecto de Derechos Humanos de VANGUARDIA
y la Academia IDH