Piedras Negras: habrá consecuencias legales para religiosos que hagan proselitismo a favor de candidatos o partidos

Coahuila
/ 23 abril 2024

La Iglesia Católica ha decidido invitar a la ciudadanía a participar activamente en las elecciones de este año, pero solo animándola a ejercer su derecho al voto por el partido o candidato de su elección, dijo el Obispo de Piedras Negras

PIEDRAS NEGRAS, COAH.- Durante el actual proceso electoral ningún líder religioso puede llevar a cabo proselitismo a favor de algún partido o candidato, ya que esto constituye un delito tipificado en las leyes electorales. Por esta razón, el obispo de la Diócesis de Piedras Negras, Alonso Gerardo Garza Treviño, advirtió sobre las posibles consecuencias legales de hacerlo.

El prelado recordó que la Iglesia Católica ha decidido invitar a la ciudadanía a participar activamente en las elecciones de este año, animándola a ejercer su derecho al voto por el partido o candidato de su elección.

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“Los sacerdotes no podrán promover a ningún candidato o partido en particular, ya que podrían enfrentar consecuencias legales, incluyendo responsabilidad penal. Por esta razón, en cada parroquia, templo o iglesia se ha emitido un comunicado detallando estas instrucciones, así como un correo electrónico y un número de teléfono donde se pueden reportar casos de sacerdotes que no cumplan con estas reglas”, subrayó.

En una circular titulada “Participación Cívica y Respeto a la Ley”, se señala que estas normas tienen como objetivo garantizar la neutralidad política de la iglesia en este proceso electoral.

Se destaca que el ciudadano tiene el derecho de acudir a las urnas para ejercer su derecho al voto eligiendo la opción política de su preferencia, de acuerdo con sus convicciones e ideología política, sin coacción ni influencia externa que pueda afectar su libre voluntad.

Por lo tanto, con base en el artículo 24 constitucional, que garantiza la libertad religiosa y de culto, así como en estricto apego y respeto a las leyes electorales vigentes en el país, en particular el artículo 130, inciso e), de la Constitución, y los artículos 29 y 31 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se prohíbe estrictamente el uso de las reuniones de culto o evangelización para llevar a cabo cualquier tipo de proselitismo o campaña política.

Se proporciona una dirección de correo electrónico (iglesiaelecciones@midiocesis.com) para reportar cualquier acto de esta naturaleza, ya que está prohibido realizar cualquier tipo de promoción o publicidad (verbal, gráfica, escrita o de cualquier otra forma) a favor de un candidato, partido o coalición política tanto dentro como fuera del templo, en sus paredes o fachadas.

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