‘¿Sabías que las direccionales no gastan gasolina?’; Reglamento de Saltillo obliga a usarlas (video)

Coahuila
/ 18 enero 2023

En caso de no tener luces intermitentes, el conductor debe hacer uso de sus manos para anunciar la maniobra

A través de Facebook, la página “Dashcam Saltillo” hizo llegar a Vanguardia un video en el que se aprecia como en una distancia de apenas un kilómetro, dos conductores no hacen uso de sus luces direccionales para cambiar de carril, y uno más, a pesar de que la enciende, encima su vehículo al carril del que lleva preferencia de paso.

Junto con el video, se lee la leyenda: ¿sabías que las direccionales no gastan gasolina y al ponerlas no te dan el derecho a cambiar de carril?, en el sentido de que en reiteradas ocasiones, saltillenses han externado en redes sociales que el uso de direccionales no es un hábito del que puedan jactarse los conductores locales. Esto a pesar de que el Reglamento de Tránsito Municipal obliga a su uso.

En el video que dura un minuto, se aprecia como pasando el cruce de la calle Canadá con el bulevar Venustiano Carranza en circulación de sur a norte, un coche compacto de la marca Chevrolet pasa del carril central al de la izquierda sin previo aviso.

Posteriormente, el mismo coche regresa al carril de en medio cruzando entre dos autos y luego cruza hasta el carril de la derecha, todo ello sin haber encendido las luces direccionales.

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Metros más adelante, pasando el distribuidor vial del bulevar Nazario Ortiz Garza, un coche de la marca Nissan rebasa por la derecha y cruza frente al auto que realiza la grabación sin usar la direccional.

Enseguida, una unidad de taxi anuncia su incorporación a Venustiano Carranza a través de la direccional pero invade el carril, obligando a que el vehículo en tránsito reduzca su velocidad y haga sonar el claxon.

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¿Qué dice el Reglamento?

El Reglamento de Tránsito Municipal de Saltillo, en su Artículo 39 dentro del apartado de Faros, especifica que todo vehículo debe estar provisto de luces direccionales de destello intermitente, delanteras y traseras. Esto aplica también para bicicletas y motocicletas, según lo estipulado en el Artículo 43.

En tanto, el Artículo 90 señala el uso que se les debe dar, y que en caso de no contar con las luces, se debe hacer señales con las manos.

$!Los vehículos deben contar con luces direccionales delanteras y traseras, algunos cuentan con laterales.

El conductor que pretenda reducir la velocidad de su vehículo, detenerse, cambiar la dirección o de carril, sólo podrá iniciar la maniobra después de cerciorarse de que pueda efectuarla, con la precaución debida y avisando a los vehículos que le sigan en la siguiente forma:

I. Para detener la marcha o reducir velocidad hará uso de la luz de freno y podrá además sacar por el lado izquierdo del vehículo el brazo extendido hacia abajo. En caso de contar con luces de destello intermitentes o de emergencia, podrán utilizarse éstas.

II. Para cambiar la dirección deberá usar la luz direccional correspondiente o en su defecto deberá sacar el brazo izquierdo extendido hacia arriba, si el cambio es a la derecha; y extendido hacia abajo, si éste va a ser hacia la izquierda.

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