Saltillo: El Plan C de AMLO prohibiría corridas de toros: especialista en Derecho Penal
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En el Plan C de Andrés Manuel López Obrador se contempla elevar a rango constitucional la erradicación del maltrato animal, con lo cual desaparecerían las corridas de toros en el País; sin embargo, por extensión, prohibirían las peleas de gallos, las charreadas (derribe de yeguas y toros), el jaripeo (monta de toros, potros y reses), advirtió Vicente Salas Estrada, especialista en Derecho Penal de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Autónoma de Coahuila.
Y, siguiendo la lógica del Presidente y de la 4T, consideró, continuarían con la prohibición de las peleas de box y la lucha libre, pues son espectáculos donde los contendientes se agreden para lastimarse, registrando, en algunos casos, muertes de los oponentes por las lesiones sufridas.
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En el caso de la fiesta brava, vigente en varios estados del País, a excepción de Coahuila y otras entidades, los animalistas argumentan que en el ruedo hay maltrato animal y, por consecuencia deben prohibirse.
Sin embargo, indicó Salas Estrada, “Novillero”, terminarían por no permitir las peleas de gallos, las charreadas y el jaripeo, porque se argumentaría que también hay maltrato animal porque caballos, yeguas, toros, potros y reses sufren estrés, heridas con las espuelas y golpes al ser derribados en los lienzos charros.
“En sus reformas constitucionales quieren elevar a rango constitucional los derechos de los animales. Aquí hay una controversia jurídica porque constitucionalmente los animales nunca han tenido derechos: si la Constitución da derechos a los animales, automáticamente los individualizan, en cierta forma adquieren derechos y personalidad, entonces las leyes y las autoridades deben proteger a cada animal en particular”, advirtió.
“Cómo no tienen derechos, las autoridades los reconocen como objetos o bienes y ahora se les llaman seres sintientes, pero como no están reconocidos constitucionalmente siguen siendo como objetos o bienes, por eso la Suprema Corte de Justicia de la Nación no levantó la suspensión provisional y definitiva en México en el amparo que está en trámite porque dice la Corte, bajo esa teoría, que no acreditan el riesgo inmediato que pueda surgir al presentarse una corrida de toros”, agregó.
Es decir, a final de cuentas, los seis toros que van al ruedo fácilmente pueden ser restituidos por otros ejemplares, pero si les conceden derechos constitucionales y se individualiza a cada animal hay que protegerlo, explicó el director de Proyectos de Tesis de Investigación en el área de Posgrado de la Facultad de Jurisprudencia.
“Ahí entramos en el choque filosófico-jurídico de decir ‘es que no todos los animales pueden ser protegidos porque no todos tienen la misma naturaleza, hay animales dañinos, de compañía y para consumo’, entonces, no puede entrar esa teoría jurídicamente rechazada porque no todos tienen la misma igualdad, fin o naturaleza”, afirmó.
“Es ahí donde entra el conflicto y las consecuencias son garrafales porque no podemos tratar igual a todos los animales, hay animales de compañía vulnerables que no se pueden defender, pero hay animales que no necesitan ser protegidos, como las plagas y los toros bravos”, justificó “Novillero”.
Si avanza la iniciativa de AMLO y protegen constitucionalmente a los animales para prohibir todo tipo de maltrato, por consecuencia, todos los eventos que utilizan animales serían prohibidos porque se argumentaría que se les produce maltrato psicológico o emocional, no solo físico.
Luego, refirió, prohibirían el box, la lucha libre y otras actividades de contacto físico, por la violencia, la sangre y lesiones que se produce en el oponente, incluyendo, en ocasiones la muerte.
Si el Congreso de la Unión aprueba la reforma, los particulares podrían recurrir al amparo; los partidos minoritarios tienen el camino de la acción de inconstitucionalidad, y la misma Claudia Sheinbaum puede vetar la entrada en vigor la modificación, para que al final resuelva el Poder Judicial, concluyó.