Profeco deberá crear área especializada en telecom

Dinero
/ 28 septiembre 2015

Esta subprocuraduría deberá atender, promocionar y supervisar los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones y radiodifusión

Ciudad de México.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) deberá crear una subprocuraduría que atienda, promocione y supervise, los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones y radiodifusión en el país.

De acuerdo con la iniciativa de Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la Cámara de Diputados deberá aprobar el presupuesto necesario para desplegar la infraestructura relacionada con esta nueva área.

"Para la atención, promoción y supervisión de los derechos de los usuarios, previstos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y en la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Profeco deberá crear un área especializada con nivel no inferior a subprocuraduría" , señala el documento que entregó el Ejecutivo federal al Senado.

De acuerdo con datos de la Profeco, el sector telecomunicaciones acumuló cinco mil 779 quejas a febrero pasado, lo cual representa 26 por ciento de la totalidad de los reclamos recibidos por esta instancia.

La iniciativa del Ejecutivo señala que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la Profeco, promoverán y verificarán de manera coordinada que los servicios de telecomunicaciones se presten con los estándares de calidad, precio y otras condiciones establecidas.

"El instituto y la Profeco intercambiarán información relacionada con las quejas de los usuarios, el comportamiento comercial de los concesionarios o autorizados, la verificación del cumplimiento de sus obligaciones y sobre las sanciones que impongan a fin de que determinen proceder en el ámbito de su competencia" , refiere.

Señala que el IFT emitirá las disposiciones que establezcan las condiciones para que los concesionarios publiquen información transparente, comparable, adecuada y actualizada sobre los precios y tarifas aplicables.

"Sobre los gastos eventuales relacionados con la terminación del contrato, así como información sobre el acceso y la utilización de los servicios que presten a los usuarios o suscriptores. La información será publicada de forma clara, comprensible y fácilmente accesible" , señala.

Agrega que no se podrán estipular en los contratos cláusulas donde se puedan cambiar las condiciones, sin previo aviso al usuario o suscriptor, y en caso de que exista una modificación el cliente conservará el derecho a rescindir el contrato dentro de los 60 días naturales siguientes sin penalización.

"Los concesionarios o autorizados deberán registrar ante la Profeco previamente a su utilización, los modelos de contatos de adhesión que pretendan celebrar con los usuarios" , establece la iniciativa que recibió la Cámara de Senadores de parte del Ejecutivo.




TEMAS

COMENTARIOS

NUESTRO CONTENIDO PREMIUM