Pensión Bienestar: Estas son las razones por las que podrías perderla

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La Secretaría del Bienestar establece rigurosas normativas y señala seis faltas que podrían resultar en la baja definitiva del programa
El inicio del año 2024 trae consigo una excelente noticia para los beneficiarios de la Pensión del Bienestar en México: un aumento en el monto bimestral. Sin embargo, esta mejora viene acompañada de la responsabilidad de cumplir con las normativas establecidas por la Secretaría del Bienestar, ya que existen seis faltas que podrían resultar en la baja definitiva del programa.
La Pensión del Bienestar, un programa gubernamental destinado a apoyar a los adultos mayores de 65 años o más, proporcionará a partir de este año la suma de 6 mil pesos bimestrales. Para acceder a este beneficio, es esencial que los interesados estén atentos a las convocatorias publicadas en https://ubicatumodulo.bienestar.gob.mx/index y presenten la documentación requerida en las oficinas designadas.
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La Secretaría del Bienestar establece una serie de normas que deben seguirse rigurosamente, no solo durante el proceso de solicitud de la pensión, sino también en el cumplimiento de los lineamientos una vez otorgado el beneficio. El incumplimiento de estas normas podría resultar en la pérdida del apoyo económico para el adulto mayor.
Aumenta a 6 mil pesos bimestrales la pensión del Bienestar para Adultos Mayores, informa Ariadna Montiel (@A_MontielR) titular de @bienestarmx 👵🏻💵 pic.twitter.com/HEexjGAEBU
— Parabólica en red (@ParabolicaRed) January 2, 2024
¿CUÁLES SON LAS RAZONES PARA SER DADO DE BAJA EN LA PENSIÓN DEL BIENESTAR?
Inexactitudes en la Información Personal: Cualquier información errónea al registrarse puede ocasionar la suspensión del servicio.
No Cobro del Beneficio: La omisión de dos pagos consecutivos puede resultar en la cancelación del apoyo financiero.
Duplicación de Datos: La presencia de información duplicada será sometida a una revisión minuciosa y podría ser eliminada.
Falsificación o Alteración de Documentos: Modificar el documento oficial de cobro puede resultar en la cancelación inmediata del beneficio.
Verificación de Datos en el Terreno: La autoridad llevará a cabo una revisión de la información in situ, lo que podría resultar en la exclusión por irregularidades.
Cobros Indebidos o Simultáneos: Percibir apoyos de manera simultánea o realizar cobros indebidos resultará en la suspensión inmediata del beneficio.
OTRAS RAZONES PARA SER DADO DE BAJA DE LA PENSIÓN BIENESTAR
— Fallecimiento: La pensión se da de baja si el beneficiario fallece, debiendo notificarse a la autoridad correspondiente.
— Suspensión prolongada: Si hay una suspensión del pago que supera dos bimestres consecutivos.
— Información falsa o documentos apócrifos: Proporcionar información falsa puede resultar en la baja del programa.
— Cambios de residencia al extranjero: La pensión se da de baja si el beneficiario cambia de residencia al extranjero.
— Duplicidad en el registro: Se identifica y se da de baja si hay duplicidad en el registro de mayor antigüedad.
— No aclarar situación económica: Si el adulto mayor no aclara su situación económica como lo dictan las Reglas de Operación.
— No presentar declaración del monto recibido: Después de dos bimestres de apoyo económico, no presentar la declaración del monto recibido puede llevar a la baja.
— Recibir apoyos económicos de otros programas sociales: La percepción simultánea de apoyos de otros programas puede resultar en la baja.
— Suspensión del Padrón de Personas Derechohabientes: Si el adulto mayor es suspendido del Padrón, se da de baja.
En 2024, la pensión para adultos mayores aumentará a 6 mil pesos bimestrales y 11.8 millones los beneficiados.
— Gobierno de México (@GobiernoMX) January 2, 2024
Comenzamos el año con más apoyo con bienestar y justicia. pic.twitter.com/QR4BZotGuS
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¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS Y CRITERIOS PARA RECIBIR EL APOYO DE LA PENSIÓN BIENESTAR?
— Tener 65 años o más cumplidos dentro del bimestre de incorporación.
— Ser mexicano por nacimiento o naturalización con domicilio actual en México.
— Presentar acta de nacimiento.
— Documento de identificación vigente (credencial para votar, INAPAM, pasaporte, u otros documentos oficiales).
— Clave Única de Registro de Población (CURP).
— Comprobante de domicilio o constancia de residencia de máximo 6 meses de antigüedad.
— Formato Único de Bienestar debidamente llenado.
Es fundamental que los beneficiarios estén al tanto de estas normativas y requisitos para asegurar la continuidad de este crucial respaldo económico. La Secretaría del Bienestar continuará supervisando y aplicando estas medidas para garantizar la transparencia y el cumplimiento de los lineamientos del programa.