El INAI Instruye a la Secretaría de Bienestar a proveer información sobre pagos vencidos de la Pensión del Bienestar

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/ 4 julio 2024

La Secretaría de Bienestar deberá detallar el procedimiento para que adultos mayores cobren pagos vencidos de la Pensión para el Bienestar

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ha ordenado a la Secretaría de Bienestar proporcionar información detallada sobre el procedimiento que una persona adulta mayor debe seguir para recibir los pagos vencidos de la Pensión para el Bienestar.

Esta instrucción se da en respuesta a una solicitud de un ciudadano de 92 años que ha enfrentado numerosos obstáculos para acceder a su pensión desde el inicio del actual sexenio.

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El caso comenzó cuando una persona de 92 años solicitó información a la Secretaría de Bienestar sobre cómo cobrar los pagos vencidos de su pensión. Esta persona, que no ha recibido su pensión desde el inicio del sexenio, se topó con diversos impedimentos al intentar obtener la prestación social.

Entre los obstáculos mencionados se encontraban problemas con el sistema, la ausencia de trabajadores, atención prioritaria a otros programas como las becas para jóvenes, y la no inclusión de su CURP (Clave Única de Registro de Población) en el padrón de beneficiarios.

SECRETARÍA DEL BIENESTAR HABRÍA ENVIADO DOCUMENTOS SIN LA INFORMACIÓN SOLICITADA: INAI

La solicitud del ciudadano fue llevada a la ponencia del Comisionado Presidente del INAI, Adrián Alcalá Méndez. En su revisión, Alcalá Méndez encontró que la Secretaría de Bienestar había respondido con un oficio que no contenía la información solicitada y que la petición no había sido turnada a todas las unidades administrativas competentes.

“Fue posible advertir que la notificación que realizó la Secretaría de Bienestar no atiende a lo requerido por la persona solicitante y que no se turnó esta petición de información a todas las unidades administrativas que legalmente resultan competentes”, expuso Alcalá Méndez.

RESOLUCIÓN DEL PLENO DEL INAI

Ante estos hallazgos, el Pleno del INAI decidió, por unanimidad, revocar la respuesta de la Secretaría de Bienestar y le instruyó a realizar una nueva búsqueda y entregar la información solicitada al ciudadano. Esta decisión subraya la importancia de garantizar que todas las solicitudes de información sean atendidas de manera adecuada y oportuna, especialmente cuando se trata de derechos sociales y prestaciones de personas vulnerables.

QUÉ IMPLICACIONES TIENE ESTA INSTRUCCIÓN DEL INAI

La instrucción del INAI a la Secretaría de Bienestar pone de manifiesto la necesidad de transparencia y eficiencia en la gestión de programas sociales. Este caso resalta los desafíos que enfrentan las personas mayores para acceder a beneficios a los que tienen derecho y la importancia de que las instituciones públicas respondan de manera efectiva y comprensiva a sus solicitudes.

Este tipo de situaciones también abre el debate sobre la efectividad de los mecanismos actuales de atención y registro de beneficiarios en los programas sociales del gobierno. Las demoras y los obstáculos burocráticos no solo afectan la calidad de vida de los ciudadanos, sino que también minan la confianza en las instituciones.

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CÓMO DEBE DE SER EL PROCEDIMIENTO PARA COBRAR PAGOS VENCIDOS

A partir de la resolución del INAI, se espera que la Secretaría de Bienestar informe claramente al ciudadano de 92 años y a otros beneficiarios en situaciones similares sobre el procedimiento específico para cobrar los pagos vencidos de la Pensión para el Bienestar. Este procedimiento debe incluir:

1. Verificación y actualización de datos personales: Asegurar que la CURP y otros datos del beneficiario estén correctamente registrados en el padrón de beneficiarios.

2. Proceso de solicitud: Detallar los pasos a seguir para solicitar los pagos vencidos, incluyendo los documentos necesarios y las instancias a las que deben dirigirse.

3. Canales de atención: Especificar los canales de atención disponibles para resolver dudas y realizar el seguimiento de la solicitud, ya sea a través de oficinas físicas, líneas telefónicas o plataformas en línea.

4. Plazos de respuesta: Informar sobre los tiempos estimados de respuesta y resolución una vez presentada la solicitud.

La resolución del INAI en favor del ciudadano de 92 años establece un precedente importante para la protección de los derechos de los beneficiarios de programas sociales. La Secretaría de Bienestar, ahora bajo la supervisión del INAI, deberá asegurar que sus procedimientos sean claros, accesibles y eficaces para todos los beneficiarios, garantizando que las personas mayores reciban las prestaciones que les corresponden sin demoras injustificadas.

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